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La Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado una condena de 19 años de cárcel contra un hombre de 46 años por someter a su madre, de 83 años y con dependencia reconocida, a un prolongado patrón de abusos sexuales, malos tratos y violencia psicológica en el interior del domicilio familiar en Chiclana de la Frontera. La víctima convivía con su agresor, quien mantenía un control absoluto sobre su entorno.

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Según la sentencia, el procesado ejercía una relación de dominio sostenida en el tiempo, caracterizada por actos de intimidación, gritos y amenazas. Estos comportamientos se extendían incluso hacia el personal de atención domiciliaria que asistía regularmente a la mujer.

Las trabajadoras, según consta en el fallo, no podían quedarse a solas con ella, debían dejar la puerta del baño abierta durante las tareas de higiene personal y tenían prohibido realizar labores básicas como el cambio de ropa o la limpieza del dormitorio.

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El tribunal ha establecido una pena de 15 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, agravado por el uso de una posición de superioridad y la especial vulnerabilidad de la víctima. A esto se suman tres años por malos tratos habituales y uno más por lesiones leves repetidas, con el agravante de la convivencia.

El deterioro emocional de la mujer fue documentado por las profesionales sociosanitarias que acudían al domicilio desde 2019. La víctima mostraba signos constantes de tristeza, miedo y sumisión, además de hematomas en brazos y piernas.

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Estos últimos no requirieron atención médica, pero sirvieron como prueba del entorno de violencia al que estaba expuesta. Las declaraciones del personal asistencial fueron clave para reconstruir el contexto y establecer la persistencia de los abusos.

Uno de los elementos más relevantes para sustentar la condena fue un episodio específico ocurrido en mayo de 2023, cuando la mujer fue atendida médicamente tras una agresión sexual. El parte de lesiones emitido en esa ocasión reforzó el testimonio de la víctima y permitió a los jueces acreditar el carácter sexual de los abusos.

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Durante el juicio, se valoró de forma especial la situación de indefensión en la que se encontraba la mujer, imposibilitada para resistirse. Esa circunstancia influyó en la aplicación de varios agravantes.

Además de la pena principal, el tribunal prorrogó la prisión provisional del acusado hasta 2032, fecha que corresponde a la mitad del cumplimiento de la condena.

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Ahora bien, en este punto es importante mencionar que la resolución judicial no es firme. La defensa podrá interponer recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía si lo considera necesario.