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Una dura advertencia hizo hoy la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a todos los propietarios de restaurantes, bares y demás establecimientos de este sector comercial del país, para que cumplan las normas establecidas por Estatuto del Consumidor en materia de información oportuna, veraz, suficiente e idónea sobre los productos, bienes y servicios ofrecidos, así como de los cobros adicionales como propinas y 'cover'.

  

'No nos temblará la mano para sancionar a quienes abusen de los derechos de los consumidores en este tipo de establecimientos. A pesar de que en Colombia no hay normas que obliguen a los restaurantes a cobrar una determinada suma por la comida o los servicios que prestan, la ley si es clara en la obligación que tienen los propietarios de informar de forma anticipada y veraz sobre el valor de los productos que venden, los cobros de 'cover' y la voluntariedad de las propinas', aseguró el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.

El pronunciamiento lo hizo el Superindustria a propósito de las nuevas, recientes y públicas denuncias de varios consumidores sobre el cobro no consentido de 'cover' en el Restaurante Mirador La Paloma en la Vía Bogotá - La Calera. A propósito de este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó este viernes una Vigilancia Especial Permanente a dicho establecimiento, que podría conducir a la imposición de multas de hasta mil ciento setenta y nueve millones de pesos ($1.179 millones) -2.000 SMLMMV- y al cierre temporal o definitivo del establecimiento, en caso de encontrar, que a pesar de las órdenes dadas por esta Entidad y del cumplimiento aparente de las mismas, se insiste en el engaño a los consumidores en materia del cobro del 'cover' no informado oportunamente y/o voluntariedad de las propinas.

La Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control en materia de protección al consumidor y dando cumplimiento al artículo 23 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) -vigente desde abril de 2012-, que prevé el derecho de los consumidores a recibir información de los proveedores de bienes y servicios, de forma clara, veraz, suficiente, oportuna e idónea, iniciará inspecciones para verificar que no se sigan ocultando los precios reales de los productos con técnicas engañosas como no entregar la carta de menú, tapar los avisos que contienen la información, o poner dichos avisos en lugares no visibles al público en general.

Al anunciar la medida, la SIC recordó que el comerciante es quien tiene la obligación de informar correctamente y de manera precisa al consumidor, todos las condiciones relevantes en que se presta un servicio, con el fin de que el cliente, debidamente informado, tome las decisiones libremente (contratar o no contratar). En el caso concreto del 'cover', el establecimiento tiene libertad para fijar el precio, los días y horarios en que aplica, así como si es consumible o no, siempre y cuando, informe con antelación a los consumidores la existencia del 'cover' y sus condiciones.

Antecedentes del Restaurante Mirador La Paloma

El Superindustria recordó que desde el año 2011, el Restaurante Mirador La Paloma, de propiedad de Carlos Mario Martínez Gaviria, ha sido multado por la SIC en cuatro (4) ocasiones por cobro no consentido e informado de propinas y 'cover' y condenado judicialmente en ocho (8) oportunidades a devolver el valor del 'cover' a clientes que no fueron informados con antelación sobre dicho cobro.

Sanciones administrativas por violación de los derechos de los consumidores:

Año 2008 - Sanción de $4.615.000 por cobrar propinas sin informar su carácter voluntario. La sanción fue pagada.

Año 2011 - Sanción de $5.356.000 por cobrar propinas sin informar su carácter voluntario. La sanción fue pagada.

Año 2011 - Sanción de $5.356.000 y orden administrativa que le obligó a fijar aviso con la información del 'cover'. La sanción fue por no dar información clara y oportuna sobre el cover. La sanción fue pagada.

Año 2011 - Sanción de $2.678.000 y orden administrativa que le obligó a fijar aviso con la información del 'cover'. La sanción fue por no dar información clara y oportuna sobre el cover. La sanción fue pagada.

Sentencias judiciales por violación de los derechos de los consumidores:

Año 2012 - Ocho (8) sentencias judiciales condenando a Carlos Mario Martínez Gaviria (dueño del establecimiento La Paloma). Ocho consumidores, en procesos separados, demandaron judicialmente a Carlos Mario Martínez Gaviria (dueño del establecimiento La Paloma) y la SIC, actuando como juez, sentenció a favor de los consumidores ordenando la devolución del 'cover'.

El pasado once (11) de julio de 2013, la SIC realizó visita administrativa al establecimiento de comercio y verificó que, tal y como lo ordenó la Entidad, el Restaurante Mirador La Paloma puso un aviso a las afueras del establecimiento donde indica el valor del 'cover' y los días que aplica e incluyó en las cartas las condiciones del 'cover' y la voluntariedad de la propina.

'Sin embargo, a pesar de que las multas fueron pagadas por el propietario del restaurante y se adoptaron las medidas ordenadas por la SIC (incorporar el valor del 'cover' en avisos y cartas), al parecer el establecimiento sofisticó su estrategia para burlar las órdenes y la ley. Es ilegal no entregar las cartas a los consumidores y en su lugar ofrecer el menú de manera verbal y omitir el deber de informar previa y expresamente el cobro de 'cover' y sus condiciones ', concluyó Robledo.

Finalmente, el Superintendente hizo un llamado a la ciudadanía para que presente sus quejas o demandas ante la SIC, en relación con cualquier establecimiento que no cumpla con su deber de informar sobre la voluntariedad de las propinas, la existencia de 'cover' y sus condiciones, así como el precio de venta de sus productos. 'De ninguna manera estamos regulando precios de productos o de 'cover', esa no es nuestra función, pero sí advertimos sobre la necesidad de que los restaurantes informen en debida forma a sus clientes sobre los costos y condiciones de sus productos o servicios. El consumidor tiene derecho a estar informado y si no lo informan, tiene el derecho a no pagar y obviamente, a denunciar', afirmó Robledo.