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En sala extraordinaria desarrollada ayer, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) se pronunció finalmente sobre las tutela instauradas por ciudadanos en contra de la decisión del procurador Alejandro Ordóñez de destituir de su cargo e inhabilitar por 15 años al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. El alto tribunal revocó el fallo de primera instancia que concedía la tutela y suspendía provisionalmente los efectos de la resolución del Ministerio Público.

La Judicatura considera que a los actores o demandantes no se les vulneró ningún derecho político ni civil, tal como lo invocaron en sus acciones, porque 'los mismos no son absolutos y su límite está dado por los principios fundantes del Estado Social y Democrático de Derecho'.

Agrega la alta corte que los accionantes no fueron sujetos o intervinientes en la investigación disciplinaria que culminó con el fallo sancionatorio y que fue proferido en primera instancia el pasado 9 de diciembre del 2013.

En la providencia se determina que el procurador sí hizo uso de sus facultades para investigar y destituir al alcalde Petro, aún cuando su llegada al cargo fue producto del voto popular. La determinación del CSJ podría ahora pasar a revisión de la Corte Constitucional.