El procurador general Alejandro Ordóñez recusó al magistrado de la Corte Constitucional, Luis Ernesto Vargas, por emitir un concepto previo sobre la demanda que cursa sobre adopción gay en ese alto tribunal.
Para el Procurador, Vargas debe separarse del conocimiento de la demanda presentada sobre la adopción de menores de edad por haber expresado su opinión sobre ese particular en una entrevista en febrero con la W Radio.
En entrevista, Vargas aseguró que las parejas del mismo sexo constituían familia.
'Cuando se le indagó al magistrado sobre el concepto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, respondió: de manera que ahí está la evidencia probatoria en la que se dice que la orientación sexual de la familia no genera resultados o desviaciones o afecta a los niños, que no se ha demostrado que haya afectación. De manera que ese es un elemento de prueba que estará, habrá que considerar', dijo Ordóñez.
Según el Procurador, 'tales afirmaciones configuran la causal de impedimento referida y, en consecuencia, el magistrado Vargas Silva se encuentra inhabilitado para continuar conociendo del proceso compilado bajo el expediente D-10371 que actualmente estudia el alto tribunal. La declaración trataba sobre el fondo de cómo debía evaluarse la constitucionalidad de los artículos 64, 66 y 68 de la Ley 1098 de 2006, y el artículo 1° de la Ley 54 de 1990, por lo que se concluye, más allá de toda duda, que en dicha entrevista abordó directamente las normas actualmente demandadas'.
En este caso, cabe recordar, que quien al final definirá el caso sobre adopción gay será un conjuez, tras un empate en la Corte Constitucional.