La Comisión Primera del Senado aprobó en su quinto debate reglamentario, el proyecto de reforma constitucional que reglamenta algunos aspectos de la justicia penal militar, entre los que se establece el fuero militar.
La iniciativa establece que las faltas cometidas por los uniformados con ocasión del servicio serán investigadas por tribunales militares, y las que estén fuera del ejercicio de sus funciones irán a la justicia ordinaria.
Jaime Amín, senador del Centro Democrático, dijo que con 'la aprobación de la iniciativa se envía un mensaje de firmeza y garantía constitucional para los miembros activos de las Fuerzas Militares que en ejercicio de sus funciones cometan delitos'. Sin embargo, advierte que en ningún caso se pretende que se constituya en un medio de impunidad.
Por su parte el comandante general de las Fuerzas Militares, general Juan Pablo Rodríguez, explicó que 'cuando se investigue y se juzgue a un miembro de la Fuerza Pública por conductas relacionadas con el conflicto armado o enfrentamiento que reúna las condiciones de este se aplicará el derecho internacional humanitario, exigiéndose igualmente que el juez ordinario o militar debe tener un conocimiento adecuado en el mismo'.
El texto aprobado
Según lo aprobado por la Comisión Primera, los casos serán conocidos por las cortes marciales o tribunales militares con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Estas cortes estarán integrados por miembros de la Fuerza Público en servicio activo o en retiro.
Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria y de la justicia penal militar o policial que conozcan de las conductas de los uniformados deberán tener formación del derecho internacional humanitario. La justicia penal militar o policial será independiente del mando de la Fuerza Pública.