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La Corte Internacional de Justicia, (CIJ), rechazó por unanimidad las excepciones preliminares de Colombia en los dos procesos con Nicaragua y se declaró competente en el litigio de ambas demandas.

En la primera demanda que falló la CIJ, se refiere a la que interpuso Nicaragua contra Colombia por una supuesta violación de ese país de las zonas marítimas nicaragüenses, las cuales fueron delimitadas por la misma CIJ en una sentencia el 19 de noviembre de 2012.

Vea aquí las objeciones de la CIJ a los argumentos de Colombia en la primera demanda.

También se declaró competente para juzgar también la segunda demanda que Nicaragua interpuso contra Colombia, en la que Nicaragua pidió al tribunal que le reconozca los derechos sobre una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde su costa.

Sobre el litigio de 2012, la CIJ indicó este jueves que el retiro de Colombia del llamado Pacto de Bogotá no es retroactivo ni tiene efecto en su jurisdicción.

Ya que el retiro del país del Pacto de Bogotá, no quita la competencia de la Corte para estudiar demanda de Nicaragua porque cuando se presentó la reclamación aún estaba en vigor el pacto.

Además, la Corte Internacional de Justicia aseguró que la interpretación de Colombia sobre artículo 56 no puede ser aceptada.

'La primera objeción de Colombia, debe ser rechazada', dijo la Corte.

El alto tribunal de la ONU, rechazó 14 votos a 2 las cinco excepciones preliminares que Colombia había planteado para que la corte se declarase no competente en el caso, tres de ellas fueron rechazadas por 15 votos contra uno y las otras dos de forma unánime.

La CIJ revisará las dos demandas interpuestas por Nicaragua de manera separada.

La canciller, María Ángela Holguín, había reiterado que el Gobierno considera que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) no es competente para admitir las nuevas demandas de Nicaragua en el litigio por la delimitación marítima en el Caribe.