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En las últimas horas la Procuraduría General de la Nación apeló la medida tomada por el juez segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Aseguramiento de sustituir la prisión intramural por prisión domiciliaria para Miguel Nule Velilla, condenado por el denominado caso del 'carrusel de la contratación' de Bogotá.

De igual forma el Ministerio Público explicó que si es cierto que el dictamen médico legal forense de estado de salud, que sustentó la medida que benefició al señor Nule, indica que 'el evaluado reúne criterios de estado de salud grave por enfermedad' y que por tal motivo requiere de 'medidas especiales que deben ser evaluadas cuidadosamente por el funcionario judicial, la medida hospitalaria es la más indicada para velar por su vida e integridad física'.

La Procuraduría pidió que se revoque la medida, y, en su defecto, se sustituya por la reclusión hospitalaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Código Penal Colombiano.

El jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez Maldonado afirmó que 'se presentó la impugnación pidiendo que se sustituyera la medida porque el estado de salud es grave, según la información procesal y por tanto lo que procede no es la medida domiciliaria, sino la atención hospitalaria'.

El pasado lunes, el Juez segundo de ejecución de penas de Sincelejo en Sucre le otorgó a Miguel Nule prisión domiciliaria, después de que Medicina Legal entregara un concepto por los problemas de salud del excontratista.

Según el diagnóstico, los problemas que sufiría Nule serían: Obesidad, insomnio, hipertensión arterial y cardiopatía.

Nule Velilla fue condenado a 14 años de prisión por los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal, falsedad en documento privado y cohecho por dar u ofrecer.