La fuerte disputa de trinos entre el expresidente Álvaro Uribe y el periodista Daniel Coronell trascendió la plataforma digital y su magnitud ha sido tal que una de las altas cortes se vio involucrada y tuvo que pronunciarse sobre el vaivén de los fuertes comentarios.
Ayer se dieron a conocer en varios medios apartes de la respuesta de la Corte ante la reciente denuncia penal que instauró Coronell contra Uribe por injuria y calumnia, pues lo tildó de 'mafioso' en 32 trinos. Cabe resaltar que aunque este medio intentó tener acceso al documento íntegro, no fue posible, porque de acuerdo con la oficina de prensa de la alta corte, 'el auto se encuentra bajo reserva'.
En el documento, el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria decidió abstenerse de abrir una investigación formal en contra del senador del Centro Democrático. Esto tras argumentar que aunque el calificativo 'mafioso' puede entenderse como deshonroso, 'en este caso el predicado no fue literal, pues las circunstancias indican que no se pregonó la pertenencia de ‘Coronell periodista’ a una especie de cosa nostra, sino que se aseveró que una persona a la que sí se adosó el calificativo en toda su extensión (‘Perafán mafioso), tuvo un nexo con la empresa de la que aquél es socio (Coronell)'.
Por lo anterior, aseveró la Corte: 'No fue una imputación directa de pertenencia a una organización delictiva, sino una versión del adagio popular ‘dime con quién andas y te diré quién eres’'.
La Corte, además, explicó que el calificativo de 'mafioso' fue 'un reflejo exacto, es decir, contrario y equivalente, que no excedió en intensidad a una de las afirmaciones de la columna ‘El amigo secreto’.
Trinos como 'un Coronell periodista lava dinero de mafia con calumnia' fueron analizados por la Corte, que concluyó que 'a partir de ellos no se configuran los delitos objeto de la querella, que reciben la denominación de calumnia e injuria agravadas'.
Asimismo, la Sala Penal conceptuó que algunos de ellos carecen de relevancia penal puesto que hacen 'parte de las reacciones que usualmente generan ese tipo de publicaciones, y que son totalmente previsibles por quienes ejercen una profesión u oficio que apareja ese tipo de exposición'.
La pelea
Daniel Coronell, quien además de ser columnista de la revista Semana es vicepresidente de Noticias de Univisión, aseguró que desde 2001 y hasta el momento ha sido perseguido por Uribe Vélez.
El periodista ha dedicado varias de sus columnas en la citada revista a cuestionar el actuar de Uribe y de sus familiares y, por ello, se ha generado la ‘campal batalla de trinos’ ya casi previsible: Coronell publica sus columnas y el exmandatario le responde desde su cuenta de Twitter.
La más reciente de las disputas se debió a una columna del pasado 22 de octubre titulada 'Los dos Uribes', acompañada de un video que publicó Coronell en el que Uribe aceptaba (durante su mandato) que los guerrilleros llegaran al Congreso, incluso si esto significaba una reforma constitucional; estaba dispuesto a darles amnistía e indulto a los que hubieran cometido delitos atroces; y aceptaba que no entregaran sino dejaran las armas.
Así mismo, reconocía que la Ley de Justicia y Paz que se usó para la desmovilización de los paramilitares debería ser reemplazada con un instrumento más generoso como la justicia transicional.
A juicio de Coronell, lo que ha venido haciendo Uribe durante el proceso de paz del gobierno Santos es censurar lo que en su mandato apoyó.
El presidente Uribe respondió a la publicación y compartió un video que se publicó en 2010 en Youtube y en el que supuestamente se escucha al vicepresidente de Univisión teniendo una conversación con el narco Pastor Perafán, de allí lo de ‘periodista mafioso’.
Y es precisamente por ese calificativo que se denuncia ante la Sala Penal de la Corte Suprema. Coronell aseguró que en 32 trinos publicados entre el 19 y el 20 de diciembre de 2010, Uribe lo cataloga con ese calificativo, en respuesta a la columna 'El amigo secreto', en la que Coronell sugiere que Tomás Uribe tenía interés en que los Nule y Odebrecht se quedaran con el contrato de la Ruta del Sol adjudicado por su padre.
'Injurias o calumnias recíprocas'
A juicio del abogado penalista y magíster en Derecho Diego Torres Reyes, lo primero sobre lo que se debe tener claridad es que injuria y calumnia son conductas diferentes. 'La primera refiere al menoscabo en la honra o buen nombre de la persona, por ejemplo, los insultos públicos; la segunda, refiere a señalar públicamente que una persona cometió un delito'.
Ahora bien, sobre la decisión de la Corte, manifestó: 'En este caso la Corte Suprema pudo haber acudido al criterio de las imputaciones recíprocas'.
'Estas expresiones y referencias desobligantes pueden rebasar lo simplemente político y convertirse en ataques personales, desde todo punto de vista reprochables, pero bien pueden encuadrar en las denominadas imputaciones recíprocas (art. 227 del Código Penal colombiano), en donde las injurias y las calumnias son mutuas, lo que exime de responsabilidad', explicó.
Torres recordó que para que la Sala Penal encuadre una conducta como calumniosa debe reunir ciertos requisitos, entre ellos, indicar con claridad un comportamiento determinable y que este configure un delito.
Por tanto, precisó, 'los señalamientos generales o abstractos (indeterminables) no son susceptibles de amparo a través del derecho penal'.
Con respecto al delito de injuria dijo que no se puede aplicar, 'pues este delito gira en torno a imputaciones deshonrosas que una persona hace en contra de otra, pueden incluirse aspectos morales, calificativos éticos o comportamientos personales (difícilmente determinables) con la firme voluntad de afectar la honra (esfera privada) y el buen nombre de una persona (esfera colectiva)'.
No obstante, Torres reseñó que, de acuerdo con la Corte Suprema, estos señalamientos pueden afectar derechos fundamentales, pero el daño producido debe revestir de cierta gravedad.
Así las cosas, concluyó el experto, 'para discernir sobre la gravedad no debe acudirse solamente al significado gramatical sino analizarse en un contexto específico, argumento que de alguna manera encuadra en lo dicho por la Corte Suprema: es ‘un reflejo exacto’ a la columna de opinión'.
Por su parte, el expresidente de la Corte Suprema Jaime Arrubla dijo que en este caso en particular la Corte pudo tomar esa decisión porque no consideró que lo denunciado se configura en delitos de injuria o calumnia. 'Lo que sí hay es una protesta y un regaño por el lenguaje tan fuerte que utiliza el presidente', puntualizó.
Regaño a uribe
A pesar de que se abstuvo de iniciar investigación, la Corte llamó la atención al expresidente y le recordó la responsabilidad que sobre él recae por ser un líder político y como exmandatario de la República 'en la moderación del lenguaje que usa para responder las críticas a su pasada gestión presidencial o a su liderazgo político actual'.
Agregó también el alto tribunal que 'no resulta legítimo que líderes sociales, como el aquí querellado, desborden los límites de la tolerancia que están obligados a mantener frente a la crítica periodística o ciudadana, encendiendo las redes sociales con descalificaciones o agresiones contra sus críticos que en nada contribuyen a su deber de unión social'.
Finalmente, le advirtió que el lenguaje agresivo 'es una manifestación de violencia' que al ser empleado por una figura política en las redes sociales puede percibirse en sus seguidores como 'una invitación o una autorización al uso de la violencia física contra el destinatario del trino o del discurso descalificador'.
Coronell insistirá
Tras conocer la decisión del máximo tribunal, Coronell aseguró que presentará un recurso de reposición contra la decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Lo que dice la Corte en su providencia es que, cuando el expresidente Uribe hizo esas publicaciones, habló más con la emoción que con la razón, y que por eso no se concreta el ánimo ‘in jurandi’, o sea, el propósito de insultar.
De no obtener respuesta favorable, advirtió que acudirá a la acción de tutela.