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Este año 2016 cierra con una ley y un proyecto de ley (ad portas de ser sancionado por el presidente) que buscan mejorar las condiciones de vida de quienes están en lista de espera para recibir un órgano o tejido imprescindible para su salud. La ya sancionada Ley (1805 de 2016) fue autoría del representante Rodrigo Lara Restrepo y, la que espera el visto bueno de Juan Manuel Santos, es iniciativa del senador atlanticense Efraín Cepeda Sarabia.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud (INS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Colombia registra cifras positivas en donación de órganos y tejidos: 'En 2015, 1.204 colombianos recibieron trasplantes e implantes que prolongaron y mejoraron sus vidas'.

Lo anterior, refleja una cifra 17% más alta que la registrada en 2014, según precisaron las entidades en el marco de la celebración del Día Mundial del Donante de Órganos y Tejidos, celebrada el pasado 14 de octubre.

Con respecto a la lista de espera, según el corte hecho en septiembre de este año, el INS reportó un total de 2.277 pacientes, de los cuales 24 esperan corazón, 135 hígado, 2.085 riñón, 30 pulmón, 1 páncreas, 1 intestino y 1 riñón-páncreas.

Sobre la negativa de los familiares, las entidades aseguraron que, pese que no se presenta en la mayoría de los casos, 'la cifra no es despreciable'.

'A corte de 30 de junio del 2016, de 390 casos de donantes elegibles en los que se consultó a las familias, 160 respondieron negativamente a la donación de órganos o tejidos, mientras que 230 respondieron de forma afirmativa'.

Y han sido precisamente el movimiento de esas cifras lo que ha llevado a que algunos congresistas tengan iniciativas legislativas al respecto.

Autorización de familiares

El contenido normativo propuesto por Rodrigo Lara, sancionado por Juan Manuel Santos el pasado 8 de agosto, convierte a todo colombiano en potencial donante, a menos que exprese en vida su negativa a serlo.

Sobre el particular, Lara manifestó en su momento que lo que lo motivó a radicar este proyecto fue la experiencia de un amigo, que 'volvió a nacer' luego de recibir un trasplante de riñón.

Asimismo, explicó que el contenido normativo buscó mantener la presunción legal de donación (contenida desde 1988), es decir, que cada ciudadano sea donante a menos que manifieste lo contrario.

No obstante, lo novedoso de este paquete de artículos, que debe entrar en vigencia el próximo 4 de febrero de 2017, es que eliminó la autorización de los familiares, quienes no podrán oponerse a que los órganos de sus parientes se utilicen para beneficiar a aquellos que los necesiten.

'La ley busca fomentar que las personas manifiesten en vida su voluntad, pues es inexplicable que los familiares de alguien que tuvo toda una vida para oponerse a ser donante decidan por él', dijo.

Otro de los aspectos que abarca esta ley es que crea un agravante en el delito de comercialización hacia el exterior de componentes anatómicos (tejidos) de la mitad al doble de la pena. Actualmente es de 3 a 6 años y, con esta norma, queda en el rango de 5 a 7 años de prisión.

Finalmente, se restringe la donación a extranjeros no residentes en el país.

Así las cosas, en la donación de órganos se dará prioridad a los colombianos en la lista de espera.

Cabe resaltar que si una persona no desea ser donante debe hacer una declaración delante de un notario y luego inscribir el documento ante el INS O por manifestación expresa al momento de afiliarse a la EPS. Serán estos los únicos elementos válidos para evitar que el cuerpo del fallecido sea susceptible de servir como donante.