Mediante el decreto 2083 firmado el pasado 19 de diciembre, el presidente Juan Manuel Santos ordenó que los habitantes de la calle sean afiliados al Régimen Subsidiado en Salud.
Lo anterior, modificó el artículo 2.1.5.1 del decreto 780 de este mismo año al agregar un numeral en el que contempla la inclusión de esta población al Sistema General de Seguridad Social en Salud por considerar que se encuentra en 'circunstancias de debilidad manifiesta'.
El Ejecutivo precisó en el texto oficial que el listado censal de este grupo de personas 'será elaborado por las alcaldías municipales o distritales'.
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Por lo pronto, con esta decisión, en Barranquilla se verían beneficiados al menos 1.975 personas que, según el último censo de la Secretaría de Gestión Social del Distrito, pasa las 24 horas del día en las calles.
Asimismo, se hizo claridad en el decreto de que, en el evento de que la persona se rehúse a ser afiliado, 'la entidad territorial procederá a inscribirla de oficio en una EPS de las que operan en el municipio'.
Lo anterior se realizará dentro de los 5 primeros días del mes y se comunicará de dicha inscripción.
Sin embargo, el contenido normativo indicó: 'La persona podrá en ejercicio del derecho a la libre escogencia trasladarse a la EPS de su elección', para lo cual tiene un plazo de dos meses.
Dentro de las consideraciones que dieron pie a la expedición de este decreto, el Gobierno resaltó que, de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución Política, la Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio.
'Es apenas el primer paso'
El representante a la Cámara por Bogotá, Efraín Torres, aplaudió el decreto y aseguró que 'este es apenas el comienzo de la creación de una política pública integral' que le dará una solución efectiva a la problemática que se vive con los habitantes de las calles.
'Celebramos la expedición de este decreto por parte del Gobierno nacional, se lo exigimos al Ministerio de Salud durante el debate de control político que realicé en la Comisión Segunda, pues es parte de lo que se debió reglamentar con la aprobación la ley 1641 en 2013', explicó el parlamentario.
Asimismo, precisó que este decreto 'obliga a las entidades territoriales a hacer un censo de habitantes de calle, tema que está en deuda desde hace mucho tiempo'.