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Con la sanción de la ley de maternidad por parte del presidente de la república, Juan Manuel Santos, las madres que den a luz tendrán derecho a disfrutar de 4 meses y medio de licencia de maternidad (18 semanas), un mes más que la anterior sanción, mientras que los padres tendrán los mismos 8 días.

Así mismo, las nuevas modificaciones a la ley tendrán otras consideraciones como la concesión de una semana de licencia antes del parto y prevé situaciones como los partos prematuros y múltiples.

De darse un parto prematuro, la madre tendrá derecho a sumar a las 18 semanas legales, el número de días o semanas a las que se adelantó el parto.

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Si el parto es múltiple (mellizos, gemelos, trillizos o más hijos) la madre tendrá derecho a 20 semanas de licencia, dos más que a los partos únicos.

La licencia de maternidad de la madre será remunerada por el valor al sueldo que devengue la madre y en caso de no tener sueldo fijo será por el valor de los pagos de su último año.

Así mismo, las mujeres que por alguna razón no puedan acceder a la licencia de maternidad, deberán recibir el dinero correspondiente a las 18 semanas.

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Como una forma de incentivar la lactancia en los primeros meses de vida del menor, la ley de maternidad también pide a las empresas crear una ‘Sala Amiga de la Familia Lactante’.

Un lugar en el que las madres, afiliadas a empresas que devenguen salarios superiores a los 1.500 mínimos y tenga más de 50 trabajadores, puedan extraer la leche en un 'lugar especial' para luego ser dadas a sus bebés.

Este espacio deberá contar con todas las normas de salubridad e higiene que garanticen la seguridad del alimento que recibirá el menor.

A continuación, las preguntas más frecuentes en cuanto a la aplicación de la nueva ley:

¿En qué consiste la licencia de maternidad y cuáles son los incentivos a que tiene derecho la trabajadora en estado de embarazo para la adecuada atención y cuidado del recién nacido?

De acuerdo con la nueva Ley, que modifica el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, 'toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de 18 semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia'.

En caso de tratarse de un salario que no sea fijo, como en el caso del trabajo a destajo o por tarea, se tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicio.

¿Qué debe hacer la trabajadora para obtener la licencia?

La trabajadora deberá presentar al empleador un certificado médico en el que conste: