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Luego de que el senador del Centro Democrático, el cartagenero Fernando Araújo, hiciera pública la muerte de la joven Dálida Picalúa, del Carmen de Bolívar, señalando que su deceso obedecía a la aplicación de la vacuna contra el VPH, y el Ministerio de Salud indicara que el fallecimiento se había dado pero por lupus.

En respuesta a esta aseveración, la Asociación Reconstruyendo Esperanza aseguró a EL HERALDO que el lupus es una consecuencia común en algunos casos de la aplicación de la vacuna, a lo que la cartera de protección Social afirmó que eso no es cierto y que 'el mayor mal' son las 2 mil muertes anuales de colombianas por el cáncer de cuello uterino a causa del VPH.

Minsalud sostuvo que el fallecimiento de la menor de 16 años en Barranquilla, el 31 de diciembre, fue por causa de un lupus eritematoso sistémico, cuyos síntomas los habría presentado desde 2011 y no desde 2013, que fue cuando se le aplicó la vacuna: 'los archivos de la EPS a la que se encontraba afiliada confirman que a la paciente se le solicitaron exámenes en agosto del 2011 por dolores articulares, lo cual podría ser la manifestación inicial del lupus que provocó su deceso'.

Al respecto, la abogada barranquillera Mónica León del Río, representante de la Asociación Reconstruyendo Esperanza, que acoge a las autodenominadas víctimas de la vacuna del VPH, le dijo a EL HERALDO que 'la enfermedad que manifiesta el ministro de Salud que causó la muerte de la niña, el lupus, es un diagnostico común en muchísimas de las victimas con efectos adversos de esta vacuna, y en nuestro poder hay muchas historias clínicas de menores con enfermedades autoinmunes, una de ellas es el lupus. El elemento común en las niñas fallecidas es una enfermedad autoinmune'.

No obstante, Elkin Osorio director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, aseguró que 'el lupus es una enfermedad no tan rara, que afecta principalmente a las mujeres y tiene orígenes complejos genéticos y ambientales, y nunca ha estado asociada a la aplicación de alguna tecnología y menos a los biológicos. El lupus sí es una enfermedad autoinmune, pero eso de ninguna manera está asociado con la aplicación de la vacuna'.

Enfermedades autoinmunes

La polémica trasciende entonces si la aplicación de la vacuna contra el VPH produce enfermedades autoinmunes o no.

Al respecto, según León, 'la OMS afirmó en un comunicado en el 2015 que la vacuna si bien es segura, tiene signos de alarma frente a enfermedades autoinmunes y neurológicas de las que hay que hacer seguimiento. Las enfermedades autoinmunes se desencadenan a partir de la aplicación de la vacuna. La Academia Nacional de Medicina, en 2016, advirtió al Ministerio que había que excluir de la vacunación a las personas con antecedentes de enfermedades autoinmunes e investigar al respecto, pero esto no se hace porque el ministro pidió que se cambiara el concepto'.

En respuesta, Osorio asevera que 'en algunos grupos han venido sugiriendo este asunto, pero desde el punto de vista pragmático es complicada su implementación toda vez que algunas personas que tienen alguna alteración ni siquiera lo saben, porque sus expresiones se presentan en diferentes momentos de la vida. Y además no hay programas de tamización, que sería útil'.

2 mil muertes por cáncer

Agrega el funcionario del Ministerio que 'el mayor mal en todo esto es el cáncer de cuello uterino, que es el segundo cáncer más frecuente en las mujeres colombianas y el que genera mayor mortalidad después del cáncer de mama: unas 5 mil mujeres son diagnosticadas anualmente con este cáncer y más o menos 2 mil mueren por esta enfermedad, que es absolutamente prevenible por citología y por la vacuna sobre la que el Gobierno ha hecho un gran esfuerzo presupuestal para que sea gratuita para las mujeres entre 9 y 17 años'.

Procuraduría

A las no escolarizadas

La Procuraduría, a través de su titular, Martha Isabel Castañeda Curvelo, emitió un concepto en el que dice que las niñas no escolarizadas también deben ser vacunadas contra el virus del papiloma humano, VPH.

El pronunciamiento se debe raíz de una demanda que considera inconstitucional el hecho de que la ley solo haga mención a las niñas escolarizadas.