Si hay un tema que ha generado fuertes debates, luego de toda la polarización por el proceso de paz, ha sido el de la adopción y matrimonio de parejas gais.
Lo anterior, pese a que la Corte Constitucional en sendas sentencias ha protegido y reconocido que los miembros de esta población tienen derecho a constituir una familia y a participar en procesos de adopción ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
No obstante, la senadora liberal Viviane Morales se ha ido lanza en ristre contra los gais y contra las personas solteras que quieren hacerse cargo de un niño que haya sido abandonado.
En Colombia, de conformidad con la Encuesta de Demografía y Salud presentada por Profamilia y el ministerio de Salud para 2015, 'el 49% de los niños viven con ambos padres, el 36% solo con la mamá, el 7% con los abuelos o los tíos, el 5% con ningún familiar, y el 3% con el papá'.
Es decir, un 51%, -más de la mitad de menores de edad- no viven en lo que la senadora Morales y sectores contra la adopción gay han denominado el modelo ideal de familia.
Y, según Cristina Plazas, directora del ICBF, el número de niños declarados en adoptabilidad es de 10.680, de los cuales 6.355 son mayores de 18 años (59%), 2.976 (28%) están entre 13 y 17 años, y 1.349 están entre 0 y 12 años (13%).
¿Niños afectados?
En el hundido proyecto de ley para convocar el referendo y limitar la adopción a parejas conformadas por hombre y mujer, Morales argumentó que actualmente en Colombia no hay suficientes estudios sobre los efectos de este tipo de adopciones en el desarrollo de un niño.
De hecho, la parlamentaria liberal citó en el proyecto un estudio que asegura que la ausencia de una figura paterna en el hogar ha sido fuertemente asociada con un riesgo elevado de actividad sexual temprana y embarazo adolescente.
'Niñas sin padres muestran un interés sexual precoz, desprecio hacia la masculinidad y dificultad para mantener una relación emocional y sexual con hombres', agregó el documento.
Sobre estas declaraciones, Nury Lugo Alviz, neuropsicóloga del Hospital Militar Central Bogotá, explicó: 'Las familias conservadoras y tradicionales radicales tienden a no comprender que dos hombres o dos mujeres puedan criar a un niño, porque consideran que el niño los va a ver con roles errados o equivocados'.
Sin embargo, aclaró la experta,'eso no es cierto, es una gran falacia, porque en una pareja homosexual uno de los dos tiene rol femenino y otro masculino, y eso es lo que el niño proyecta'. 'El niño no ve, por ejemplo, si el papa tiene cabello corto o largo, eso no es trascendental para él', añadió.
Lo que sí detecta el menor, dijo Lugo, 'es el rol y la actitud con respecto a su protección, a los cuidados y a las demandas de afecto; que es lo que básicamente se detecta en la infancia, y en la adolescencia ya habrá una comunicación más estrecha sobre la situación'.
Defensa de la Corte
Sobre el matrimonio y la adopción de parejas gais, se ha pronunciado la Corte Constitucional, defendiendo a la población Lgbti y dándole vía libre.
Sin embargo, ha sido duramente criticada por quienes aseguran que la Corte está ejerciendo funciones legislativas que no le competen a ella, sino al Congreso.
A sus fuertes cuestionamientos, el alto tribunal, en sentencia C-683 de noviembre del mismo año, respondió que lo hizo por la ausencia de voluntad por parte del Congreso para legislar al respecto.
'En una reciente encuesta elaborada por la Misión de Observación Electoral indica que el 71% de los congresistas se opone a la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo', afirmó en ese momento el máximo tribunal de lo constitucional.
Además, explicó que en muchas ocasiones 'el juego democrático que se da en los foros parlamentarios excluye el reconocimiento de ciertos grupos o sectores de la población, por lo general sin representación política significativa'. Por tanto, puntualizó la alta corte, 'se justifica el control de constitucionalidad como forma de fortalecer los derechos, en especial de las minorías'.
En ese sentido, Viridiana Molinares, docente e investigadora de Derecho de la Universidad del Norte, explicó que, aunque la Corte no cumple funciones legislativas -porque no puede dictar leyes - 'sí es en sede jurisdiccional que la población minoritaria, discriminada y en situación de vulnerabilidad está encontrando protección a sus derechos'.
Por su parte, Luz Tobón Berrio, máster en Derecho Comparado en familia, explicó que la Corte no está usurpando las funciones del Legislativo porque no estipuló un procedimiento de adopción, 'éste ya estaba contenido en el Código de infancia, el cual rige para todos los que cumplan los requisitos, sin distinción por razones de opción sexual'.
'En realidad la Corte no autorizó de manera directa la adopción por parejas del mismo sexo, esa posibilidad ya cabía en la normatividad existente, era la lectura de las normas la única barrera', sentenció.