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Estados Unidos reclamó a un alto tribunal colombiano por ordenar la liberación de un combatiente de las Farc cuya extradición había sido solicitada por una corte estadounidense acusado de secuestro de un ciudadano de ese país.

'Creemos que dicha decisión no consideró la gravedad del caso de secuestro de un ciudadano norteamericano que está enfrentando' el rebelde Julio Enrique Lemos Moreno, indicó el embajador estadounidense en Colombia, Kevin Whitaker, en una carta enviada a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, divulgada este viernes por medios locales.

El diplomático, quien recordó el apoyo de su gobierno al acuerdo de paz, se refirió a un fallo del 31 de mayo pasado sobre el secuestro del empresario Cecilio Juan Padrón el 4 de abril de 2008 por parte de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, la principal y más antigua guerrilla del continente en proceso de desarme.

Padrón, residente por entonces en Panamá y con ciudadanía estadounidense, fue liberado en febrero de 2009 luego de que su familia pagara por su liberación, según la sentencia.

Lemos estaba concentrado en una de las 26 zonas del país donde 7.000 combatientes de las Farc se preparan para el regreso a la legalidad, pero fue detenido el 23 de febrero pasado en Medellín, donde atendía unas citas médicas, en cumplimiento de una orden de la Fiscalía por el secuestro de Padrón.

El 20 de abril, Estados Unidos pidió la extradición de Lemos, a quien acusa desde marzo de 2009 de secuestro y terrorismo.

Pero el tribunal colombiano ordena la 'libertad inmediata' del rebelde.

La corte argumentó que el acuerdo firmado en noviembre entre el gobierno y las Farc impide la extradición por delitos cometidos en el marco de la conflagración interna de más de medio siglo.

'Esta decisión es inconsistente con los fines de justicia y desarrolla un gran riesgo de crear un procedente preocupante y peligroso para la justicia bilateral', expresó Whitaker en su carta.

El pacto de paz estipula amnistías a guerrilleros señalados de delitos políticos. Los acusados de crímenes graves que confiesen podrán evitar la cárcel y recibir penas alternativas. Si no lo hacen, y son declarados culpables, serán condenados a penas de ocho a 20 años de prisión.