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La magistrada del Consejo de Estado, Stella Conto Díaz del Castillo, integrante de la Comisión de Género de la Rama Judicial, acaba de ganar una batalla en la Corte Suprema de Justicia luego de divorciarse de su esposo por cuenta de la violencia intrafamiliar que sufría.

Conto Díaz del Castillo, quien ha dictado importantes fallos que protegen los derechos de las mujeres, vivía en su hogar violencia psicológica y por eso se divorció de Virgilio Albán Medina.

Luego, promovió una acción judicial para ser resarcida y reparada por el daño que tuvo que enfrentar, específicamente, por el desconocimiento de su derecho 'a vivir libre de violencia, discriminación de género y violencia intrafamiliar'.

En el 2016 el Juzgado que decretó la terminación del matrimonio y de la sociedad conyugal, no consideró necesario decretar una cuota de alimentos alegando que la jurista tiene un sueldo superior de 27 millones de pesos como magistrada.

Esta decisión luego fue confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá, en fallo que reconoció que estaba demostrada la violencia psicológica sufrida por la magistrada.

Inconforme con la decisión, la magistrada Conto interpuso una tutela pidiendo la reparación de perjuicios que contempla el Código Civil, para una prestación de alimentos periódicos, que salió a su favor en la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

La decisión señala que, sin importar el suelo que Conto gana, como víctima puede ser reparada, y que en estos casos se debe fallar con un enfoque de género, a fin de garantizar el derecho a la igualdad y 'eliminar la brecha entre hombres y mujeres o personas con diferente orientación sexual, lamentablemente arraigada en nuestra sociedad'.

'Por tanto, refulge la necesidad de otorgar la protección rogada, pues la omisión del Tribunal mantiene impune la violencia comprobada sufrida por la hoy promotora a manos de su expareja, sometiéndola a una segunda victimización, por la falta de una solución eficaz a su problemática por parte de la administración de justicia', dice el fallo.

La Corte cuestionó que el Tribunal no haya tenido en cuenta la normativa internacional que protege a la mujer y ordenó a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá que otorgue el auxilio de alimentos periódicos y realice una nueva sentencia.

El fallo, además, señala que la violencia ejercida contra la mujer desde cualquier ángulo es una práctica desdeñable que merece total reproche y que no puede ser tolerada por el Estado.