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Por los seguimientos e interceptaciones ilegales a magistrados, opositores, periodistas y activistas, denominadas también como ‘chuzadas’, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó al exdirector del extinto DAS, Jorge Noguera Cotes, y pidió a la Comisión de Acusaciones de la Cámara investigar al expresidente Álvaro Uribe.

La sentencia contra el samario Noguera Cotes, por el delito de concierto para delinquir –se le cesó el proceso por el punible de abuso de autoridad- fue de 7 años, 10 meses y 15 días de prisión por su responsabilidad en las labores de inteligencia ilegales que desplegó el DAS entre 2003 y 2005, cuando Uribe fungía como jefe del Estado.

La compulsa contra el hoy senador y líder del Centro Democrático se da por lo manifestado de algunas víctimas, entre ellas, Claudia Julieta Duque y Alirio Uribe Muñoz, quienes aseveraron que 'estos seguimientos e interceptaciones se dieron durante el gobierno del expresidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, quien los señalaba como traficantes de derechos humanos y terroristas, calificativos que los vincularon con las actuaciones delictivas realizadas por el DAS durante su mandato'.

Así mismo, se pone de presente que el exasesor del DAS, José Miguel Narváez, dijo que el grupo G3, que perpetró las ‘chuzadas’, 'desarrolló inteligencia estratégica como parte de la política de seguridad democrática impulsada por la Presidencia'.

Para el máximo tribunal de la justicia ordinaria, Noguera 'diseñó y organizó con su asesor José Miguel Narváez y miembros de la Dirección General de Inteligencia, el G3 para cometer al amparo de la llamada inteligencia estratégica delitos'.

Y agrega la providencia sobre la conducta del exdirector del DAS que 'es evidente que tales seguimientos se solicitaban y realizaban de manera arbitraria e injusta con abuso de las funciones de los servidores del DAS, pues no obedecían a motivación alguna que justificaran la intromisión indebida al derecho a la intimidad de personas y organizaciones'.

La fiscal 7 delegada ante la Corte Suprema, Flor Alba Torres, advirtió durante el juicio que la responsabilidad de Noguera al frente del cuestionado grupo del G3, que perpetraba las ‘chuzadas’ con apariencia de estar adelantando investigaciones supuestamente en regla, 'queda clara más allá de toda duda'.

'Los integrantes del DAS, entre ellos el procesado como director, acordaron y se unieron al grupo G3, que tenía apariencia de legalidad pero que había sido creado para cometer todo tipo de ilícitos', señaló la fiscal.

Las labores de inteligencia, justificadas supuestamente en la seguridad nacional, advirtió Torres, 'no eximían al DAS de respetar los derechos humanos, además porque la real finalidad del G3 era hallar información de estas organizaciones, que sufrieron la interceptación de sus comunicaciones y hubo espionaje sobre sus relaciones y actuaciones con grupos y ONG internacionales'.

Dentro del fallo se estableció, además, que Noguera debe cancelar, por concepto de indemnización de perjuicios morales, 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de su pago, a Gloria Inés Flórez, Martha Cecilia Monroy, que son los herederos del excandidato presidencial, opositor de Uribe en las elecciones, Carlos Gaviria, así como Gustavo Gallón Giraldo y Miguel Alberto Flórez Orozco, víctimas de las ‘chuzadas’.

Esta es la sentencia de la condena de Jorge Noguera por el caso de las ‘chuzadas’ by REDACCIÓN WEB EH on Scribd