La Asociación Colombiana del Petróleo señaló que la deducción de impuestos no se trata de un beneficio tributario, pronunciándose frente a la sentencia del Consejo de Estado que declaró nulo el concepto de la Dian, que daba el beneficio de deducción por regalías a compañías minero-energéticas.
Según el gremio, 'las regalías son un porcentaje de la producción que se le entrega al Estado (en especie o en dinero), por la extracción de un recurso natural no renovable. Dicho porcentaje varía entre el 8 % y el 25 % de la producción, según las características del campo', manifestó la ACP en un comunicado, explicando que en ese sentido no tendría sentido que las empresas pagaran impuesto sobre una producción que no les pertenece.
Para la asociación, las regalías son un recurso que le pertenece al Estado y no a las compañías que lo producen.
El concepto de la Dian, que fue declarado nulo por el Consejo de Estado, de acuerdo con la Asociación, corresponde a una interpretación del Estatuto Tributario que permitía aplicar de manera general la deducción a todas las empresas que pagan regalías.
'Lo que concluye el alto tribunal es que respecto de la deducibilidad de regalías, para efectos del pago del impuesto de renta, se revise caso por caso para garantizar que todas las empresas que pagan regalías cumplan con lo estipulado en el artículo en mención', explicó la Asociación.
Finalmente, la Asociación Colombiana de Petróleos manifestó que las empresas del sector seguirán generando recursos para impulsar el desarrollo del país y sus regiones, a través de regalías, impuestos y derechos contractuales, que en los últimos 10 años han representado más de 200 billones de pesos para el Estado.