La Corte Constitucional le ordenó a la Unidad de Víctimas que informe cuántas personas han sido indemnizadas por la Ley de Víctimas, por haber sido desplazadas por bandas criminales.
La Corte señaló que la Unidad debe explicar igualmente cuáles son los criterios que utiliza para establecer si el desplazamiento forzado por acciones de las Bacrim tiene relación cercana y suficiente con el conflicto armado.
'Esta información debe ser actualizada cada tres meses. Dentro del mismo plazo, una copia del informe deberá ser presentado ante la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo', señaló la Corte.
La petición de información la hizo la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 que declaró un estado de cosas inconstitucionales en materia de desplazamiento forzado y que determinó hace varios años que la Ley de Víctimas también cobija a las víctimas de las bandas criminales.
La Sala señaló que la información es necesaria para poder continuar con el seguimiento de la política pública de atención a la población desplazada, en la cual se han encontrado fallas como la falta de financiación para las indemnizaciones, restricciones para las víctimas para acceder a la misma y la falta de claridad de la respuesta estatal en el caso de víctimas de las bandas criminales.
La Unidad deberá explicar el procedimiento para la entrega de la indemnización administrativa a estas víctimas.
'En especial, la Unidad para las Víctimas deberá justificar esa etapa adicional de verificación, previa a la de documentación; describir qué elementos diferentes tiene a los que se surte en la etapa de valoración para la inclusión en el Registro Único de Víctimas', agrega el auto.