José Henry Torres Mariño, juez 12 de ejecución de penas de Bogotá, y el ingeniero de sistemas Justo Reinaldo Arias Omaña, se declararon inocentes de los delitos de acceso abusivo al sistema informático, daño informático y prevaricato por acción.
Torres Mariño, Arias Omaña y Martha Patricia Lozada, funcionaria del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), son investigados por presuntamente favorecer con prisión domiciliaria y permiso para trabajar a Germán Orlando Espinosa Flórez, condenado por tráfico de estupefacientes.
'Tres funcionarios, cada uno con roles y obligaciones diferentes, se habrían aliado para que el sentenciado recibiera los beneficios judiciales, sin tener derecho a ellos', dijo la Fiscalía en medio de la audiencia de imputación de cargos ante un juez con función de Control de Garantías.
En medio de la diligencia, la Fiscalía indicó que el juez 12 de ejecución de penas, junto al ingeniero, promovió acciones informáticas que permitieron ajustar el reparto para que el proceso judicial del condenado quedara en sus manos y de esa manera poder tergiversar decisiones.
'En cuanto al señor José Henry Torres Mariño con todo respeto hay que sostener que la función de la administración de justicia debe ser una función respetada, en este caso encontramos que él recibe el proceso en una situación, -en virtud del análisis que ha hecho la Fiscalía- en contra de las reglas de la experiencia, en la medida que si se encuentra un reparto irregular como funcionario, la experiencia del mismo ¿qué le dice? le dice: verifique primero cuál es la situación que se ha presentado para luego continuar con el proceso', indicó el fiscal.
Para la Fiscalía, el juez en su condición de funcionario de la Rama Judicial no verificó y continúo con el desarrollo del proceso judicial que se adelanta contra el sentenciado.
'¿Aquí qué fue lo que pasó?, lo que obtuvo la Fiscalía dentro de la investigación es que el señor juez asume ese proceso con esas irregularidades, (…) eso es lo que le permite a la Fiscalía inferir que hay una impunidad frente a la actividad que desarrolló el señor juez Torres Mariño'.
El fiscal indicó que la función en el ilícito por parte de la funcionaria del ICBF tendría que ver con que, sin tener competencia para hacerlo, habría expedido una certificación que acreditó una condición especial para que Espinosa Flórez pudiera sustentar la petición de prisión domiciliaria.
'Aparece un concepto de una defensora de familia que certifica la condición de padre de familia, defensora que está siendo procesada en ese caso, pero usted se preguntará señor juez ¿cuál es la situación en la que tiene que ver la defensora y por la que vincula el tema a la decisión del juzgado? porque ese es elemento esencial para permitir el beneficio', dijo el fiscal.
Por su parte, el ingeniero de la Rama Judicial, supuestamente, alteró el sistema de reparto de los jueces de ejecución de penas de Bogotá, para que la solicitud del sentenciado quedara en un despacho específico.
'Quedó captado el señor Arias Omaña manipulando la maquina en fecha y hora que coincide con antelación del sistema siglo XXI, o sea, fue captado en ese momento, en la manipulación de la máquina y la fecha y hora coinciden precisamente con la alteración, con el fin de acomodar el proceso y que quedará asignado al juez 12 de ejecución de penas', dijo el fiscal.
En este momento, la audiencia contra los dos hombres avanza en el Complejo Judicial de Paloquemao, donde la Fiscalía General de la Nación está solicitando detención en centro carcelario.