Una solicitud especial realizó la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional. Esta consiste en que no declare exequible la norma que establece que el propietario de un taxi o automotor de transporte público resulte responsable de las infracciones de movilidad que cometen los conductores de dichos vehículos.
De acuerdo con el Ministerio Público, y en el concepto enviado al alto Tribunal, esta norma no podría hacerse exequible debido a que viola el derecho al debido proceso, ya que en materia de sanciones se debe observar como mínimo que las autoridades identifiquen a quien cometió la falta.
'A juicio del órgano de control la norma es inexequible porque establece un régimen de responsabilidad solidaria entre el dueño del vehículo y el conductor, lo que implica que la autoridad puede exigir el pago de la sanción a cualquiera de los dos sujetos', dijo el Ministerio Público.
De acuerdo con la Procuraduría aunque es un régimen para hacer viable la responsabilidad, no es el procedimiento para determinar quién es el infractor, pues permite que la administración persiga el pago incluso por un acto ajeno.