La Procuraduría General de la Nación pidió a la Corte Constitucional declarar inconstitucionales las normas que permiten la caza deportiva en Colombia. Para el órgano de control, tales permisos van en contra del concepto de animales sintientes.
El Ministerio Público entregó un concepto a la corporación para que se consideren inexequibles los artículos 248, 252 y 256 de la Ley 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente), así como los artículos 8 y 30 de la Ley 84 de 1989 (Estatuto Nacional de Protección de los Animales), los cuales fueron demandados para su revisión.
'Es imperioso que se retiren del ordenamiento jurídico las normas demandadas, que permiten la muerte, tortura y mutilación de los animales exclusivamente para recrear al ser humano', señaló el Ministerio Público.
Las consideraciones del ente de control estiman que no existe ninguna justificación que permita considera que la caza deportiva es una práctica necesaria y que el sufrimiento que padecen los animales sea razonable o proporcional.
'Las normas que actualmente reglamentan esta actividad son contrarias a la dimensión ecológica de la Constitución Política de 1991, porque matar a un animal por recreación es desconocer los progresos alcanzados en materia de protección ambiental en el país', argumenta la Procuraduría en su concepto.
Finalmente, el Ministerio Público estima que seguir permitiendo la caza deportiva desconoce el deber de la sociedad de proteger a los animales como seres sintientes y no como cosas. 'Este tipo de caza no se trata de una actividad justificada en razones de subsistencia ni de control poblacional de las especies'.