Compartir:

El Juzgado 16 Penal del Circuito de Bogotá condenó a 13 años y 2 meses de cárcel a Claudia Maritza Castiblanco Parra, por su responsabilidad en el delito de trata de personas, luego de presionar y obligar a una mujer indígena en condición de embarazo a realizar servicios domésticos en una casa de familia en la ciudad de Bogotá.

'Este despacho condena a la pena principal de 158 meses de prisión y multa de 809.25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), como coautora del delito de trata de personas. Del mismo modo, condenar a Claudia Patricia Castiblanco a la inhabilidad para el ejercicio de labores públicas por el mismo monto de la detención privativa de la libertad', dijo la juez.

La delegada de la rama judicial ordenó que por medio del Centro de Servicios de Paloquemao se libre la orden de captura en contra de Castiblanco Parra, y de esa manera sea el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), el que determine a cuál centro de reclusión es enviada.

Los hechos ocurrieron durante el año 2014. 'Erika Vargas arribó en dos ocasiones a la capital, la primera cuando venía con la señora Claudia Maritza Castiblanco Parra y la segunda cuando rindió su declaración en juicio oral. Respecto de la primera vez, en su declaración expresó que durante enero de 2014, cuando se encontraba trabajando en un restaurante, se encontró en la calle con un señor Walter, quien la llamó con el fin de ofrecerle trabajo en la ciudad de Bogotá y ella aceptó'.

Tras aceptar el trabajo en la capital del país hicieron el trámite de traslado y una vez estuvo en Bogotá se contactó con Castiblanco Parra, con quien acordó que recibiría 250.000 pesos mensuales a cambio de trabajar desde las 6:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche, sin embargo, según anunció en la diligencia judicial tal horario no se cumplía debido a que en muchas ocasiones trabajaba hasta las 10:00 de la noche.

La joven indígena, quien para la época de los hechos tenía 18 años de edad y se encontraba en estado de embarazo, señaló en su declaración que, para el registro del primer pago no recibió dinero porque ella debía saldar la cuenta de su traslado hasta la capital del país. Ocurrido esto, la joven determinó comunicarse con su familia y poner en aviso a las autoridades donde también denunció que era encerrada por la abogada y era obligada a pagar con su trabajo los daños que cometía en medio de su labor.

'Respecto a lo acordado de descanso la joven narra que no salía los fines de semana sino que permanecía en la vivienda, no tuvo oportunidad de conocer la ciudad porque la empleadora le expresaba que ella no vino a pasear. Tampoco podía salir con otras personas sino solamente con ella, quien era la dueña de la casa. La vivienda permanecía con llave cuando la empleadora salía y con sus familiares solamente se podía comunicar después de las 7:00 de la noche', dijo la juez.

Una vez se pudo comunicar con su hermano le manifestó su deseo de regresar a su pueblo natal, por lo que se pusieron en contacto con otra mujer indígena para denunciar los hechos y de esta manera salir de la residencia de la abogada. Mientras se realizaba el trámite para su regreso, estuvo durante una semana en casa de un conocido y posterior a ello viajaron nuevamente.

Días después la abogada fue llamada ante los estrados judiciales para que respondiera por tales hechos que hoy la llevaron a una condena.

Además de la condena de la mujer, la juez determinó compulsar copias ante la Fiscalía General para que se investigue también la actuación de José Walter Grisales, quien fue el contacto con la mujer indígena.