Compartir:

La Corte Suprema de Justicia no aceptó la solicitud que hizo Héctor Julio Alfonso López, uno de los hijos de la empresaria Enilce López, conocida como ‘la Gata’, para que su proceso judicial por presuntos nexos con los bloques Héroes de los Montes de María, Central Bolívar y Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia se adelante en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Según explicó el alto tribunal, el proceso de Alfonso López no debe pasar a la JEP debido a que estos grupos al margen de la ley se desmovilizaron en 2006 y 'conformaron una estructura armada ilegal que se caracterizó no por combatir a la guerrilla, no por enfrentar al Estado, no por doblegar a la Farc, sino que se organizaron para enriquecer sus patrimonios'.  

La corporación consideró que la organización delictiva 'de la que hacía parte Alfonso López', era una organización de delincuencia común que no tiene relación directa o indirecta con el conflicto armado, que dio lugar a que se suscribieran acuerdos entre el Gobierno Nacional y el desmovilizado grupo de las Farc.

'Lo dicho es suficiente para que se concluya que en este caso, la Sala de Casación Penal, a pesar de haber recibido una manifestación por escrito de Héctor Julio Alfonso López, de someterse a la JEP, no remitirá el expediente a esa corporación, ni tampoco suspenderá su competencia y su jurisdicción, mucho menos suspenderá la prescripción de la acción penal, porque los cargos formulados al procesado no tiene relación directa con el conflicto armado', dice la Corte.  

El proceso contra el hijo de ‘la Gata’ reposa en la Corte en la etapa de acusación por presunta ‘parapolítica’. Durante 2015 la Sala Plena del Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura del exsenador, luego de comprobarse que su campaña política estaba viciada por encontrarse inhabilitado, tras haber contratado con el Estado en un periodo menor a un año antes de las elecciones legislativas.