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Sobre la mesa está de nuevo la propuesta de la cadena perpetua para asesinos y violadores de niños, ahora no solo con el visto bueno sino también con el impulso del presidente de la República, Iván Duque, quien incluye entre las conductas punibles para dicha pena la de secuestro, y tras un par de semanas en que casos como los de los pequeños Génesis Rúa y Cristo José Contreras hicieron estremecerse de dolor a los colombianos.

Los planteamientos que hasta ahora se han conocido van desde revivir el referendo que desde 2008 venía promoviendo la extinta senadora Gilma Jiménez, presentar un nuevo proyecto con la impronta oficialista del uribismo y los conservadores o apoyar una iniciativa que ya hace trámite en el Capitolio y que tiene su autoría desde La U y desde el Atlántico.

Las justificaciones, tanto para apoyar la prisión perpetua como para desestimarla, son numerosas.

De acuerdo con Medicina Legal, en lo que va de 2018 se han registrado 15.574 casos de abuso sexual a menores de edad en el país. Y según el Icbf, en los primeros ocho meses del año se han abierto 9.102 procesos por abusos sexuales a niños, muchos cometidos por sus propios familiares y allegados.

No obstante, las cifras oficiales dan cuenta que de cada 100 homicidios en Colombia solo se llega a condenas en ocho casos. Y el hacinamiento de las cárceles del país está en un promedio de casi el doble de la capacidad de las penitenciarías.

Un referendo o un proyecto de acto legislativo en este sentido apuntarían a cambiar el artículo 34 de la Constitución, que prohíbe las penas de 'destierro, prisión perpetua y confiscación'.

EL HERALDO habló al respecto con Yohana Jiménez, hija de la desaparecida Gilma Jiménez y quien se echó al hombro el referendo que intentó su madre; el constitucionalista Juan Manuel Charry, quien duda de la efectividad de la medida; la representante atlanticense de La U, Martha Villalba, quien promueve un proyecto con similares alcances en el Congreso, y el senador de los Decentes, Gustavo Bolívar.

El referendo

'La propuesta de la que habla el presidente no es nueva, es la misma de Gilma Jiménez, en la cual llevamos más de 10 años de lucha. El año pasado cuando volvimos a recoger las firmas lo abordé y en campaña hizo el compromiso de instaurarla contra violadores, asesinos, secuestradores y torturadores de niños. La semana pasada nos reunimos y me ratificó su compromiso, pero estamos mirando el camino para blindar la iniciativa, para que no nos vuelva a pasar lo que nos ha pasado, que en el Congreso lo hunden o que lo declare nuevamente la Corte Constitucional inexequible', explicó a este diario Yohana Jiménez.

Para la excandidata al Senado es mejor el referendo que un proyecto de ley: 'Le he insistido al presidente en que el camino es el referendo, porque son los colombianos los que deben decidir. Y el presidente puede radicar con sus ministros el proyecto de ley de referendo y no tendríamos que volver a recoger firmas, los casi cuatro millones de firmas que hemos recogido en los dos intentos'.

Entre tanto, Juan Manuel Charry ve un alto ingrediente de 'emotividad' en la propuesta: 'Hace años Gilma Jiménez propuso la cadena perpetua para violadores de niños. Se trata de un crimen que despierta una gran reacción en la opinión pública, lo que explica que se acepte o comparta una pena de estas características. En mi opinión es una respuesta altamente emotiva'.

Señala además en este medio el ex decano de derecho de la Universidad del Rosario que hay vacíos jurídicos en el planteamiento: 'La Constitución prohíbe la prisión perpetua, entonces tendría que reformarse la norma fundamental. 

Además, afecta la dosimetría y proporción de la pena, pues se aplicaría por igual a quien cometa un delito, como a reincidentes que pueden cometer decenas o centenares de violaciones, como ha ocurrido en el pasado'.

El proyecto

El proyecto que llevó Martha Villalba al Congreso tiene unas particularidades especiales: 'Busca modificar el artículo 34 de la Constitución, para permitir que los jueces puedan imponer penas de hasta prisión perpetua, cuando se cometan delitos de homicidio doloso, feminicidio, secuestro y acceso carnal violento contra menores de 14 años o contra menores de 18 años con discapacidad física y/o mental. Esta medida será revisable en el término de 30 años, y un grupo de médicos dictaminará si el condenado ha cumplido con la resocialización'.

Agregó en este sentido la parlamentaria a este periódico, con cifras en mano, que 'nuestros niños, niñas y adolescentes están siendo abusados y asesinados a tendencias crecientes. En 2017 el 86,83% del total de casos de abuso sexual registrados se cometieron contra menores. Cada día en el país son abusados dos niños. La cadena perpetua es, entonces, una medida que se erige como un símbolo de justicia. Hemos visto casos en los que reincidentes en estos delitos ya habían pasado por algún tipo de sanción penal'.

Gustavo Bolívar considera que el planteamiento tiene elementos demagógicos: 'En un sentido popular nadie podría estar en desacuerdo con medidas que acrecienten las penas contra violadores de menores, porque es una realidad que Colombia es un país donde se abusa de los menores casi que en mayor proporción que en muchos países del mundo, de hecho hay estadísticas que señalan que somos el tercer país del mundo donde más se asesinan menores de edad'.

Sin embargo, el legislador de izquierda opina que la salida no es por donde la están mostrando: 'Creo que esta medida no disminuirá los delitos sexuales contra los niños, lo que reduce el delito es rebajar la impunidad, y con los niveles de más del 90% de impunidad que se manejan en Colombia, el depredador sexual lo que sabe es que hay una mínima posibilidad de que sea aprehendido'.

¿Disminuye o previene el delito?

La hija de Gilma Jiménez, Yohana Jiménez, está convencida de que la prisión perpetua es beneficiosa: 'Se disminuye el delito y es una medida de protección, porque la reincidencia en este país es muy alta y si garantizamos que a los violadores los encerramos y los alejamos de los niños para siempre, pues claramente no van a cometer este delito y estaremos salvando muchos niños. Eso ya paga este referendo. Y lo van a pensar más de dos veces antes de cometer sus delitos al saber que se van a pudrir en la cárcel'.

El constitucionalista Juan Manuel Charry advierte en cambio que 'cuando la impunidad está en 92%, esto es que de cada 100 homicidios se condenan tan solo ocho, las penas altas no tienen poder de disuasión. Se trata más de satisfacer la indignación pública que producen estos delitos. Y faltaría anotar que el hacinamiento carcelario, que es del 48% aproximadamente, indica que aun capturando a los responsables, no se tiene la infraestructura para su reclusión'.

La representante Martha Villalba explica que 'en el derecho positivo de todos los estados del mundo se ha concluido que la pena cumple una función preventiva para que los asociados se abstengan de realizar el comportamiento delictivo y que la potestad punitiva del Estado se hace presente con la represión que implica castigar efectivamente, con el rigor requerido, aquellos delitos abominables. Garantizar la convivencia pacífica se logra a través de la prevención y represión de las conductas delictivas. Y el hacinamiento carcelario es el desbordado número de presos, conformado por personas en las más variadas condiciones de reclusión, muchos de ellos con medidas provisionales que no necesariamente están con condena'.

El senador Gustavo Bolívar llama la atención acerca de que 'la solución es disminuir los índices de impunidad, que haya una unidad de la Fiscalía especializada en estos delitos, que persigan a ese delito, y disminuir por lo menos al 50% la impunidad. Además, hay un claro hacinamiento carcelario en el país, porque no se han construido últimamente cárceles en Colombia, y los delitos aumentan, la efectividad de la Fiscalía aumenta, pero los jueces lo que hacen es sacarlos a la calle'.

¿Populismo punitivo?

'A mí me parece increíble que estas personas que siempre dicen que esto no es necesario, que los 60 años son suficientes, son los mismos que no han hecho nada por cambiar esta aterradora historia de nuestro país: en Colombia todos los días asesinan, violan, secuestran, torturan o maltratan a niños y si defender los derechos de los niños es ser populista, soy la populista más grande que existe', apuntó Jiménez.

'Sin duda, la medida produce un efecto político, satisface la indignación popular, pero no es muy eficiente, si se tiene en cuenta la impunidad', concluyó Charry.

'Los detractores pretenden encasillar la iniciativa como una estrategia irracional, pretendiéndola instaurar en el imaginario colectivo como una medida de impacto mediático. Pero es todo lo contrario: ante crímenes tan execrables es necesario aplicar medidas extremas de tolerancia cero contra los criminales. La pena de cadena perpetua no descompone el estado de derecho sino que preserva la dignidad humana', dijo Villalba.

'Creo que las penas que hay hoy de 60 años, por ejemplo, la de Rafael Uribe Noguera, o la que le van a dar al violador de Fundación, son suficientes, son personas de 30 años, con penas de 60 años, que ya la ley dice que son innegociables, que no tienen derecho a rebajas, es decir que efectivamente las van a pagar, significa que estas personas, salen, si llegaran a vivir tanto, de más de 90 años a la calle. Entonces, pueden hacer populismo punitivo con una cadena perpetua, pero eso no soluciona el aumento de delitos sexuales', señaló Bolívar.

‘La prisión permanente revisable’ aplica en España

En 2015, el primero de julio, junto con la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, fue incluida una norma en el Código Penal de España, cuando se hizo una reforma al mismo, la cual fue llamada ‘la prisión permanente revisable’.

Esta consiste en una especie de cadena perpetua, en la que el condenado solo puede recobrar la libertad si demuestra estar rehabilitado tras una serie de plazos, de al menos 25 años y de 28, 30 o 35 en algunos casos. La misma aplica para los autores de 'crímenes que causan una especial repulsa social' o 'delitos de excepcional gravedad'. 

Actualmente, el Código Penal en su artículo 183 recoge los ocho supuestos en los que se puede aplicar la prisión permanente revisable. La primera exigencia para recurrir a esta pena es la ‘excepcional gravedad’ del delito cometido. 

Entre ellos, que la víctima sea menor de 16 años o sea vulnerable por su edad, o por sufrir algún tipo de enfermedad o discapacidad. Un asesinato que ocurre de forma inmediata a un delito contra la libertad sexual que el autor cometa sobre la víctima o que el autor pertenezca a una organización criminal. El asesinato múltiple es otro de los delitos que recoge.

Esta pena también se puede aplicar en los delitos de terrorismo, contra jefes de Estado extranjeros y en el asesinato del rey o su heredero. También en casos de crímenes de lesa humanidad (siempre que se reconozca el homicidio).

Una vez cumplida parte de la pena, la prisión permanente revisable contempla que un tribunal valore si el reo está en condiciones de obtener la libertad o si debe permanecer en prisión.

En estos casos, la ley obliga a establecer un nuevo plazo para estudiar de nuevo la situación del condenado. Así, un condenado podrá pedir una revisión de su pena a los 15 años de su entrada en prisión, salvo cuando se trate de delitos relacionados con terrorismo, que será a los 20. Con información de agencias.