El exdirector de Cormagdalena, Augusto García, respondió a la suspensión dictada por la Procuraduría por un convenio relacionado con la navegabilidad del canal de acceso al Puerto de Barranquilla.
'Debo resaltar que el convenio objeto de este proceso disciplinario ha sido la gestión más exitosa para garantizar la navegabilidad en el canal de acceso al Puerto de Barranquilla, en los últimos años, puesto que durante su vigencia el servicio público se prestó de manera intachable, sin ningún encallamiento ni desvió, como quedó probado en el proceso por voces expertas y de usuarios del canal', indicó García en un comunicado.
Además aclara que el fallo disciplinario le impone una sanción 'por haber celebrado un convenio de asociación, en lugar de haber acudido a una selección abreviada, pero no porque se hubiera distraído un solo peso del erario en ejercicio de mis funciones'.
Anuncia en este sentido que impugnará la decisión, que reitera aún no está en firme, entre otras razones, por cuanto 'la culpa, a cuyo título se me sanciona, es el reconocimiento oficial del Ministerio Público de que no obré premeditada ni intencionadamente; es decir, quedó probado que no se me reprocha el haber querido violar norma alguna, sino el hecho de no haber seguido determinados procedimientos. En otras palabras, no se me cuestiona la comisión de un acto de corrupción, sino el no haber actuado de una forma más diligente'.
'Quiero dejar claro que la figura jurídica que se ha debido emplear, según el fallo de primera instancia, llamada ‘selección abreviada’, no solo era menos garantista que aquella por la que en realidad se optó - una licitación pública tramitada por asoportuaria respetando mayores estándares de transparencia-, sino que no habría podido garantizar el servicio público de navegación en el canal de acceso al puerto de Barranquilla', se lee en el documento del exdirector.
Y concluye explicando que recibió el cargo 'cuando ya se encontraba en marcha una licitación pública que debía revocarse por cuanto, esa sí, no respetaba el principio de libre concurrencia y restringía considerablemente la participación de muchos otros jugadores del mercado'.