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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a la plataforma Uber 'que de manera inmediata cese la utilización de contenido, acceso y prestación del servicio de transporte individual de pasajeros' en Colombia.

La decisión que se dio a conocer ayer por parte del superintendente Andrés Barreto cobija a las modalidades 'Uber', 'Uber X' y 'Uber VAN', por medio de la utilización de la aplicación tecnológica 'Uber' en el territorio colombiano.

De acuerdo con Barreto, la medida fue adoptada en ejercicio de funciones jurisdiccionales de la SIC y dentro de un proceso entre dos particulares. Aclaró que los efectos son de inmediato y obligatorio cumplimiento.

'Hay que tener en cuenta que para el cumplimiento (de la orden) la compañía demandante debería demandar ejecutivamente a Uber', sostuvo.

Con esta de decisión, la Superindustria resolvió la demanda interpuesta por Cotech S.A. en contra de Uber BV, Uber Technologies Inc. y Uber Colombia S.A.S. por competencia desleal por ausencia de regulación.

De acuerdo con la Superindustria, las firmas demandadas 'incurrieron en actos de competencia desleal por violación de normas y desviación de clientela (artículos 8 y 18 de la Ley 256 de 1996) al prestar irregularmente el servicio público individual de transporte'.

Además, estableció que Uber BV como licenciatario de la aplicación 'Uber' 'presta el servicio de transporte público individual de pasajeros, al crear la oferta y poner a disposición de los usuarios dicho servicio'. Esto, en concepto de la SIC, viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa en favor de Uber y desvía la clientela de Cotech S.A.

Así mismo, se estableció que Uber Technologies Inc. que son los desarrolladores de la aplicación, 'participan de manera efectiva en la comisión de dichos actos'.

Tras un análisis realizado, la SIC ordenó a las firmas demandadas que 'de manera inmediata cesen los actos de competencia desleal declarados y que se ejecutan haciendo uso de la aplicación Uber'.

Barreto dijo que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.

Según lo explicado por el superintendente, esta medida no se aplica para las otras aplicaciones digitales que se dedican a la intermediación de servicios de transporte. 'Es un conflicto particular entre dos compañías que se demandaron, no se puede extrapolar su efectos a otras plataformas', señaló.

Barreto explicó que esta medida no es una sanción, sino una sentencia.

Recientemente, la Superintendencia de Transporte impuso multa por $414 millones a Uber por el presunto incumplimiento de la orden expedida por la entidad de no cesar la facilitación y promoción de servicios de transporte terrestre no autorizados.

La Supertransporte señaló que Uber habría ejecutado actividades en las cuales facilita la prestación de servicios no autorizados, incluyendo publicidad, asesoría, afiliaciones de vehículos no homologados para transporte público, entre otros.