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Mediante el Decreto 222 de 2020, que ampliará la oferta y cobertura de los servicios financieros, el Gobierno Nacional modifica las condiciones de los créditos de consumo de bajo monto, con el fin de combatir los denominados préstamos 'gota a gota'.

'Esta modalidad estará dirigida a personas naturales que no hayan accedido a un crédito bancario, que ya no estará limitado a 36 meses y podrá tener carácter rotativo. Dichos créditos, en principio, tendrán un monto máximo de 4 salarios mínimos, que podrá ampliarse con el tiempo', se lee en el comunicado de la Presidencia.

La idea, según la información oficial, es permitir a la población acceder de forma ágil y sencilla a créditos de consumo en entidades financieras, 'lo cual contribuirá a mejorar su situación económica y la construcción de historiales de información crediticia que facilitarán el acceso a productos financieros más sofisticados, como el microcrédito o el crédito hipotecario'.

Así mismo, anuncia el Ejecutivo que se fortalecerá el canal físico de la corresponsalía que hoy se ofrece a través de comercios, droguerías o tiendas de barrio, por ejemplo, habilitando esquemas de corresponsalía móvil y digital. De esta manera los corresponsales podrán ofrecer los servicios de las entidades financieras desplazándose hasta el lugar laboral o de residencia del consumidor o por medio de las APP o plataformas digitales con interfaces amigables y sencillas que mejoren la experiencia del usuario.

'Flexibilizar la regulación en este sentido busca reconocer el uso de la tecnología en la prestación de los servicios financieros y apoyarse en el surgimiento de otros agentes que, sin ser entidades financieras, pueden ayudar a ampliar la base a través de redes de última milla. Se espera con esta modificación extender la presencia del sector financiero en todo el territorio, en particular en las zonas rurales, y dinamizar el uso de los servicios que dicho sector ofrece a la población', indica.

La norma expedida, además, unifica la regulación de los productos pasivos simplificados bajo la denominación de 'depósito de bajo monto', y recoge las disposiciones sobre las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos simplificados y las cuentas de ahorro de trámite simplificado, que si bien tenían características similares, también presentaban diferencias en su reglamentación lo que hacía compleja su comparación y movilidad entre cuentas y crecimiento.

'Los nuevos depósitos de bajo monto tienen límites de saldo y movimientos mensuales de ocho salarios mínimos y están exentos del 4x1000 hasta por 65 Unidades de Valor Tributario (UVT) ($2.314.455 en 2020)', señala el boletín, agregando que este busca que las personas que no cuentan con un producto transaccional en el sistema financiero ingresen al mismo, beneficiándose de las ventajas de la inclusión financiera y la digitalización de sus transacciones.

De acuerdo con el Gobierno, a septiembre de 2019, el 83,8% de la población adulta tenía al menos con un producto financiero, y de este porcentaje el 84,5% de los adultos contaban con un producto activo.

Igualmente, desde 2015 el 100% de los municipios del país tienen presencia física del sistema financiero. No obstante, aún existen 6,3 millones de adultos sin ningún producto financiero y cerca de 6 millones de personas registran cuentas inactivas. Y mientras que en las ciudades el indicador de inclusión financiera es del 88,7% y existen 359 corresponsales por cada 100 mil habitantes, en los municipios rurales dispersos esas mediciones bajan a 60,7% y 195 corresponsales por cada 100 mil habitantes.