Compartir:

Mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, el cual regirá desde las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus COVID-19.

'Nuestro gran objetivo es que sigamos manteniendo indicadores de protección de vida y de salud, que nos permitan transitar con optimismo, pero sin bajar la guardia y al mismo tiempo recuperando vida productiva', indicó el Presidente Iván Duque.

Según el Decreto, en el grupo de las 43 excepciones se incluye la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Entre las excepciones del citado Decreto, el Gobierno Nacional autoriza apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

'Servicios de peluquería y estética podrán funcionar con cita previa y un máximo de aforo del 30 por ciento. Arranca la posibilidad de que sectores del comercio que incluye locales en centros comerciales puedan validar protocolos de bioseguridad. Aforos a máximo el 30 por ciento', explicó el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo.

El ministro informó que ya son más de 100 mil empresas que han validado sus protocolos de bioseguridad para reactivar la vida productiva en medio de la pandemia por coronavirus.