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La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública al comandante de la Cuarta Brigada, brigadier general Jorge Horacio Romero Pinzón, por presuntas irregularidades en el suministro de combustible de la unidad militar y en la expedición de permisos de tenencia de armas.

El órgano de control reprochó a Romero Pinzón porque habría permitido el uso indebido, durante febrero y mayo de 2016, del combustible destinado a la brigada para garantizar la movilidad de los vehículos que prestaban los servicios a la Cuarta Brigada. Al parecer existieron consumos exagerados que no correspondían con los kilómetros recorridos; se depositaba en canecas y no en los vehículos a los que se relacionaba el cobro, e incluso se cargaba su uso a aquellos cuyos recorridos eran mínimos o nulos.

El órgano de control advirtió que el investigado sabía que con su conducta daba lugar al uso indebido del combustible asignado para los vehículos de la brigada que comandaba, y a pesar de ello, de manera libre y voluntaria habría decidido no realizar labores para que cesara la conducta o impedir que ocurriera.

En un segundo cargo la Procuraduría reprochó al brigadier general (r) por presuntamente omitir denunciar el apoderamiento ilegal del combustible durante el periodo en que se desempeñó como jefe máximo de esa unidad militar y del cual, al parecer, tuvo pleno conocimiento, logrando afectar con ello el patrimonio público y minar la confianza y el respecto que como comandante infundía en sus subalternos.

Para la Procuraduría el investigado estaba en condiciones y contaba con los elementos suficientes para denunciar las conductas delictivas, sin embargo, habría optado por guardar silencio y dar instrucciones al oficial que le dio a conocer la situación para hacer lo mismo.

Estas presuntas faltas de Romero Pinzón fueron calificadas de manera provisional como gravísimas a título de dolo.

En el tercer cargo, el órgano de control advirtió una presunta falta disciplinaria relacionada con una extralimitación de funciones del brigadier general (r) al arrogarse en forma directa el estudio de los documentos para la expedición de permisos de tenencia y porte de armas, así como la revalidación de ellos, con el supuesto fin de definir a quiénes le negaba o expedía los salvoconductos, función que le correspondía al Departamento Control Comercio de Armas, Municipios y Explosivos y al jefe de Estado Mayor.

La presunta falta fue calificada provisionalmente como grave a título de dolo.