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Ya están listos los protocolos del Ministerio de Salud para las actividades de limpieza y aseo doméstico. A través de la resolución 1159 de 2020, el Gobierno nacional reglamentó los lineamientos de bioseguridad para este sector con el fin de prevenir el contagio de la COVID-19.

Entre estos protocolos, el Ministerio de Salud establece que el empleador deberá disponer de zonas de cambio de ropa y garantizar el uso de tapabocas. Así mismo, el empleado deberá cumplir con normas como evitar la asistencia a lugares con aglomeraciones.

La cartera de Salud ya había definido algunos de los protocolos, a través de la resolución 666 del 24 de abril de 2020, para mitigar y controlar el contagio de la COVID-19 al reactivarse algunos sectores económicos. Sin embargo, la nueva resolución que fue expedida el pasado 15 de julio, y que entró en vigencia desde esa fecha, detalla los lineamientos a seguir específicamente para las labores de limpieza y aseo doméstico.

¿Qué debe hacer el empleador?

Como primera medida, el empleador deberá identificar antes del inicio de labores si el trabajador presenta alguna de las enfermedades más susceptibles a los efectos del contagio del coronavirus. Tales como, diabetes tipo II, lupus, enfermedad cardiovascular, VIH, cáncer, uso de corticoides o inmunosupresores, o si es una mujer gestante o persona mayor de 70 años, que en este caso se recomienda el aislamiento preventivo.

 Así mismo, deberá capacitar al personal para que conozca en detalle el protocolo de bioseguridad que deberá cumplir.

El empleador deberá establecer los canales de información para que el personal informe cualquier sospecha de síntoma o contacto con algún positivo para COVID-19. En este sentido, en caso de que la persona que realice las labores de limpieza y aseo doméstico presente síntomas como gripa o cuadros de fiebre mayor o igual a 38° no se le deberá permitir el ingreso a la vivienda. Así mismo, si alguien en la casa tiene dichos síntomas, el empleador deberá prohibir la entrada de la persona encargada de tales labores.

También el protocolo establece la implementación de una bitácora de control. Cada persona que preste el servicio de aseo doméstico deberá registrar todas las personas y lugares visitados dentro y fuera de su lugar de trabajo, indicando fecha, lugar, nombre, número de personas con las que ha tenido contacto. El empleador deberá disponer de un lugar para cambio de ropa y zapatos de la persona que realice las labores de limpieza, una vez entre a la casa.

Esta se deberá guardar, de acuerdo con el protocolo, en una bolsa de plástico cerrada. Deberá requerir el retiro de zapatos a la entrada de la vivienda y disponer de los implementos de desinfección de la suela con alcohol. Así mismo, deberá mantener el hogar ventilado, garantizar el uso de tapabocas y la toma de temperatura.

¿Qué debe hacer el empleado?

Por su parte, la persona encargada de realizar labores de limpieza y aseo doméstico deberá acordar con su empleador horarios flexibles con el propósito de disminuir el riesgo de contagio al exponerse a usar transporte público en horas de alta afluencia de usuarios. Deberá cambiar su ropa en el lugar que destine el trabajador y mantener el cabello recogido.

Así mismo, el trabajador debe evitar el uso de pulseras, relojes y adornos que impidan la correcta higiene de las manos. El Ministerio de Salud también dispone que el trabajador debe lavarse las manos después de cambiarse de ropa y abstenerse de presentarse en el lugar de trabajo si tiene algún síntoma como secreción nasal, dificultad para respirar o fiebre. También deberá permanecer con tapabocas durante la práctica de sus labores en la vivienda.

Solo se lo podrá quitar para la hora de las comidas, siguiendo el siguiente protocolo: lavado de manos con agua y jabón, secar con toallas desechables, retirar tapabocas, volver a lavar las manos, mantener distancia de dos metros a la hora de alimentación, lavar las manos al terminar y utilizar el tapabocas nuevamente para retomar las labores.