El Tribunal Administrativo de Nariño confirmó en segunda instancia la suspensión de las aspersiones aéreas con glifosato hasta tanto no se garantice la participación de las comunidades campesinas en las discusiones al respecto, pues por la pandemia las entidades gubernamentales planteaban hacer audiencias virtuales, de difícil acceso para las poblaciones rurales.
La decisión ratifica el fallo a favor que ya había emitido un Juzgado de Pasto a mediados de mayo pasado, que había acumulado las tutelas de un grupo de cacaoteros del municipio de Policarpa, Nariño, junto con la tutela firmada por accionantes de 93 organizaciones sociales.
Según el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Cajar, con las citaciones virtuales se daba 'la violación de los derechos al debido proceso, consulta previa, participación y acceso a la información'.
Esto en el marco del trámite ante la ANLA con el cual el Gobierno nacional busca la aprobación de la modificación del permiso ambiental para el regreso de las aspersiones.
'La Policía Nacional y la ANLA quisieron imponer una audiencia pública virtual sin considerar las restricciones y limitaciones a los derechos tutelados, en particular de las comunidades que habitan los territorios rurales de los 104 municipios que se verían afectados con esta decisión', indica el Cajar.
Aunque la ANLA, la Policía, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Asociación Colombiana de Minería y la Andi habían presentado al Tribunal argumentos de inconformidad contra el fallo de primera instancia, este mantuvo la decisión tomada.
Además, la segunda instancia confirmó la obligación de realizar consultas previas para las comunidades indígenas, afro y grupos étnicos.
Esto, porque el Gobierno a través de la Resolución 001 del 10 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior, había negado la consulta previa a las comunidades étnicas señalando que sus territorios estaban excluidos del área de influencia a asperjar.
El fallo requiere además a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo para que velen por los derechos de los accionantes dentro del trámite ante la ANLA y se ordena mantener suspendido el proceso hasta tanto se brinden garantías reales y efectivas de participación.
'El Gobierno nacional está en la obligación de ofrecer y concertar verdaderos y adicionales espacios de participación reforzada en cada uno de los territorios en los que se pretende imponer esta peligrosa y dañina actividad, más aún cuando se tiene que los estudios ambientales que se van a 'socializar' en la audiencia y que están bajo evaluación de la ANLA fueron construidos sin la participación e información previa de las comunidades que se verían afectadas', advierte el Cajar en un comunicado.