El Gobierno Nacional expidió este martes el protocolo con las medidas que se deben tener en cuenta para ejercer manifestaciones públicas en el país.
Dichos lineamientos, que se encuentran plasmados en la Resolución 1139/2020, se dan en cumplimiento a la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Para su construcción participaron el presidente de la República, Iván Duque Márquez; el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo; la ministra del Interior, Alicia Arango Olmos; el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa; el Director de la Policía Nacional, General Óscar Atehortúa; la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Claudia López y el Gobernador de Cundinamarca, Nicolás García.
En el documento están plasmadas las responsabilidades de los gobernadores y alcaldes de las ciudades donde se desarrollen las protestas, asimismo, del actuar de la Policía Nacional y las acciones anticipativas de control de infiltración. Y por último los compromisos de los participantes de la manifestación.
Entre las medidas están: la creación de un Puesto de Mando Unificado permanente durante las manifestaciones; Convocar mesas de trabajo previas a las manifestaciones con sus líderes, con el objetivo de verificar cuál será el curso de la misma y sus pormenores, para articular las acciones requeridas y generar los apoyos de las entidades para garantizar la seguridad y el orden público.
De otra parte, solicitar a la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y Personería Distrital o Municipal el acompañamiento a la manifestación en garantía de los Derechos Humanos y protocolos de seguridad. De igual manera, implementar controles al consumo de bebidas embriagantes en vía pública y porte de armas previa coordinación con las autoridades correspondientes.
Dentro los lineamientos que deben seguir la fuerza pública están: 'Adelantar las acciones necesarias para la recolección de información tendiente a la identificación de amenazas, infiltraciones, riesgos y alteraciones del orden público que puedan afectar el ejercicio democrático de la manifestación pública, aunado a los demás derechos de quienes participan en ella, como criterio para la toma de decisiones de las autoridades competentes'.
También está contemplado que si se presentan hechos violentos, la Policía Nacional intervendrá en los términos del respectivo protocolo 'guardando la proporcionalidad del uso de la fuerza y ante la absoluta necesidad por la gravedad de la situación como por la intensidad y peligrosidad de la amenaza'; la forma de proceder del individuo, las condiciones del entorno, y los medios de los que dispone para abordar la situación específica.
Por otra parte, los líderes de las manifestaciones deberán conminar a los participantes de hacerlo de manera pacífica y velar porque cada uno de ellos respete no solo sus derechos a la vida y a su integridad física, sino para que salvaguarde esos mismos derechos y los bienes de terceros ajenos a la protesta.
Deberán adoptar las medidas de bioseguridad necesarias para brindar la protección a las personas que intervengan en las manifestaciones, procurando conservar lo dispuesto por las autoridades sanitarias. Así como también, no portar armas contundentes, químicas o incendiarias que puedan afectar su integridad, a los demás manifestantes, las autoridades y personas que no participan en la manifestación.
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