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El juez 4 Penal del Circuito de Bogotá confirmó en segunda instancia en la mañana de este viernes la libertad del expresidente Álvaro Uribe pero declaró que el exmandatario ya fue imputado por soborno por parte de la Corte Suprema de Justicia.

'La decisión no presenta defecto alguno y no demanda la corrección. Los fundamentos constitucionales de la Ley 600 no son los mismos que los de la Ley 906. Por ello se revoca parcialmente la decisión para reconocer la formulación de imputación y la validez de lo actuado, a excepción de la medida de aseguramiento, ante lo cual se confirmará la libertad', dijo el togado en una audiencia virtual.

En la lectura de su decisión, que duró más de tres horas, dijo además que no era procedente compulsar copias contra el presidente Iván Duque ni contra la jueza 30 de control de garantías de Bogotá, Clara Salcedo, quien decretó la libertad del exmandatario en primera instancia el pasado 10 de octubre. 

'La primera instancia agotó una carga argumentativa legítima', dijo el togado, agregando que 'expuso de forma razonada su decisión, soportada constitucionalmente en que no se puede aplicar la regla de igualdad en este caso: indagatoria no es asimilable a imputación y sin imputación no hay medida de aseguramiento'.

No obstante, advirtió que a las víctimas, que fueron quienes apelaron la decisión de primera instancia, 'les asiste la razón sobre la necesidad de reconocer la validez plena de lo actuado en virtud de la adecuación entre la indagatoria y la imputación', por lo que en adelante 'no debe hacerse imputación sino decidir si se presenta escrito de acusación o solicitud de archivo'.

Y le hizo un llamado a la Corte Suprema de Justicia 'para que estudie la posibilidad de desarrollar reglas en actuaciones que pasan de Ley 906 a Ley 600 y viceversa'.