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De acuerdo con el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, entre un mes y medio y dos meses, se reanudaría en el país la aspersión aérea con glifosato.

No obstante, el funcionario del Estado aclaró que la decisión corresponde exclusivamente al Consejo Nacional de Estupefacientes y este plazo no es definitivo pues se adelantan los estudios necesarios para la reanudación de las fumigaciones.

'El gobierno sigue con el propósito firma para continuar en un mes o dos meses con la aspersión aérea. Nosotros siempre respetuosos con la sentencia de la Corte Constitucional y la ANLA, estamos haciendo todos los estudios necesarios para poder actuar de forma democrática y en derecho. De modo que yo calculo que entre mes y medio y dos meses estamos reanudando lo de la aspersión aérea. Por el momento es de tener mucha paciencia', dijo.

Por otro lado, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y la Policía Nacional (Dirección Antinarcóticos) desarrollaron entre el 28 de noviembre y el 3 de diciembre, las 17 reuniones informativas previas a la realización de la audiencia pública dentro del trámite administrativo de modificación del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG), prevista para desarrollarse el próximo 19 de diciembre.

Sin embargo, organizaciones sociales, ambientales e indígenas enviaron una carta al Juzgado Segundo Administrativo de Pasto (Nariño) solicitándo nuevamente que de manera urgente suspendiera este trámite, puesto que no están dadas las condiciones y garantías reales y efectivas de participación para la comunidad en general.

La solicitud va respaldada con las alertas que han realizado varias personerías sobre las limitaciones que conlleva la realización de esta audiencia y las supuestas presiones indebidas que se están haciendo sobre la toma de decisión. 

De igual manera, las organizaciones sotienen que la propuesta metodológica para realizar la audiencia no cumple con los estándares exigidos por la ley, la Corte Constitucional y desconoce las órdenes de primera y segunda instancia proferidas por el Juzgado y el Tribunal de Nariño. Aseguran, además, que dicha proposición ignora la necesidad de realizar la consulta previa, libre e informada.