Teniendo en cuenta el auge de los sorteos, concursos y ‘giveaways’ en redes sociales durante los últimos meses, Coljuegos recordó que las personas naturales o jurídicas que pretendan organizar y operar estas actividades promocionales que emplean como mecanismo de selección de ganadores un factor aleatorio, deberán solicitar y obtener autorización de la entidad, cuando el juego sea de carácter nacional.
'De acuerdo con el decreto 1068 de 2015, se entiende como juego promocional de carácter nacional cuando el mismo se opera en la jurisdicción de dos o más departamentos, bien sea que cobije a todo el departamento, o solamente a algunos de sus municipios y distritos', explicó Coljuegos en un comunicado.