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Tras conocerse la sentencia de la Corte Constitucional sobre la potestad de la Procuraduría General de la Nación para sancionar a los funcionarios de elección popular, el Consejo de Estado anunció que emitirá un auto de unificación en torno al tema por su ' importancia jurídica, trascendencia social y necesidad de sentar jurisprudencia'.

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En el comunicado de prensa emitido por el alto tribunal, se explica que la la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo dispuso avocar el conocimiento del recurso de súplica interpuesto contra el auto en el que se decide la aplicación de la excepción de inconstitucionalidad y resolvió inaplicar con efectos inter partes, los artículos 54 a 60 de la Ley 2094 de 2021, ley que modifica el Código General Disciplinario.

Se trata de un recurso de revisión contra un fallo de segunda instancia que profirió la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación, al confirmar la decisión de una Procuraduría Provincial de suspender de su cargo a una alcaldesa y conmutarla a una multa equivalente a dos meses de salario.

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En la providencia suplicada se concluyó que no era procedente avocar el conocimiento del recurso extraordinario de revisión propuesto, en tanto que las disposiciones contenidas en los artículos mencionados de la reforma al código disciplinario eran contrarias al ordenamiento jurídico superior, por desconocer la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por desatender la decisión adoptada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos -IDH- en el Caso Petro Urrego vs. Colombia; y, finalmente, por vulnerar varios artículos de la Constitución.

A partir de este recurso de súplica y justamente en medio de la polémica generada por la convicción del presidente Gustavo Petro de no nombrar un alcalde encargado en Riohacha, tras la orden de suspensión del cargo por parte de la Procuraduría General de la Nación, el Consejo de Estado será el que tenga la última palabra para zanjar definitivamente la discusión jurídica en torno a las sanciones disciplinarias que pueden imponerse a los funcionarios de elección popular.

'La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo avocó el conocimiento para proferir auto de unificación por importancia jurídica, trascendencia social y necesidad de sentar jurisprudencia', puntualiza la comunicación del alto tribunal.

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