Compartir:

Un fallo del Juzgado 65 Penal Municipal de Bogotá ordenó al presidente de Colpensiones, Jaime Dussán Calderón, a reintegrar a funcionaria que previamente había denunciado un caso de acoso laboral en su contra.

Se trata de Iveth Carmen Aristizábal, jefe de relacionamiento y comunicaciones de la entidad, quien había sido despedida, según se denuncia, de manera injusta. Ante esto, el juez ordenó que en un plazo máximo de 48 horas siguientes a la sentencia, reintegre en un cargo igual o de mejor condición al que ocupaba al momento de su desvinculación la funcionaria.

Además, la jefe de comunicaciones de Colpensiones deberá recibir todos los salarios y prestaciones sociales que la entidad dejó de pagar desde la fecha de su desvinculación y hasta que se haga efectivo su reintegro.

Vale mencionar que Aristizábal, quien ingresó a la entidad en 2021, denunció un caso de acoso laboral en 2022 cuando ingresó Dussan a la presidencia de Colpensiones.De acuerdo con la acción judicial, Aristizábal, quien en ese momento tenía 44 años de edad, 'se encontraba en embarazo de alto riesgo, siendo víctima sistemática de diferentes actuaciones de acoso y persecución laboral en la modalidad de exclusión y discriminación por su condición de mujer'.

'(…) Es razonable inferir que la denuncia sobre acoso laboral formulada por la accionante en contra de Jaime Dussán Calderón, Adriana María González Rodríguez y Wendy Caroline Mercado Vanegas, fue el factor determinante para tomar la decisión de terminar unilateralmente su contrato individual de trabajo', se lee en la sentencia.

Y para atender el caso de acoso laboral, el juez determinó que el Comité de Convivencia laboral de Colpensiones debe citar la reunión de conciliación en aras de garantizar el debido proceso de la denuncia de la funcionaria. '(...)en efecto existe en primera medida una vulneración al derecho al debido proceso de la accionante como quiera que el Comité de Convivencia Laboral tomó la decisión de archivar la actuación sin haber seguido juiciosamente lo ordenado por la normatividad vigente acerca del acoso laboral (…)', señaló el despacho judicial.