El pasado lunes, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó plenamente el sometimiento del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quedando en sus manoas determinar si Mancuso debe ser liberado para desempeñar su papel como gestor de paz del gobierno de Gustavo Petro.
Sin embargo en una audiencia realizada este miércoles 20 de marzo en la Sala de Justicia y Paz de Bogotá, el magistrado Manuel Bernal determinó que su despacho sí tiene competencia para decidir sobre la libertad del ex jefe paramilitar, por lo que se la otorgó de manera provisional y aseguró que se emitió la boleta de libertad al sitio de reclusión, es decir La Picota, la cual debe hacer efectiva siempre y cuando no tenga más requerimientos pendientes.
No obstante, debido a que tiene medidas vigentes en el tribunal de Barranquilla, Mancuso seguirá recluido en el centro carcelario.
Antes de tomar la decisión, el togado dijo que decisión de la JEP de absorber los procesos del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso es una 'intromisión indebida' en Justicia y Paz. La Corte Constitucional definiría el conflicto de competencias.
Por su parte, la presidenta de la Sala de Apelaciones de la JEP, Patricia Linares, afirmó que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP es la 'única autoridad' que debe resolver sobre la libertad (estatus libertatis) del señor Salvatore Mancuso Gómez, sobre los beneficios transicionales provisionales que solicite y sobre el ejercicio de la vigilancia del régimen de condicionalidad al que debe someterse'.