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La Corte Constitucional tumbó este miércoles 8 de mayo la Ley 2281 de 2024, la que permitió el Ministerio de la Igualdad y Equidad. Según el tribunal, el proceso tenía vicios en el trámite y, de acuerdo a los demandantes, no eran precisas y claras las facultades extraordinarias concedidas al presidente de la República, Gustavo Petro.

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Sin embargo, la Corte aclaró que difirió los efectos de la decisión por el término de dos  legislaturas, contadas a partir del 20 de julio 2024. 'Una vez culmine la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 dejará de producir efectos definitivamente y no formará parte del ordenamiento jurídico'.

Esto quiere decir que el Ministerio seguirá existiendo hasta el 20 de junio de 2026. Este término, según explica la Corte, es porque declarar la inexequibilidad con efectos inmediatos “implicaría la eliminación del sector administrativo de Igualdad y Equidad y, naturalmente, del ministerio que lo encabeza”.

“En criterio de la Sala Plena, esto causaría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad”, se lee en la decisión de la Corte.

Todo este tiempo le lanza un salvavidas a la vicepresidenta Francia Márquez, quien también lidera la Cartera en cuestión, para que “salvar” el Ministerio de Igualdad y Equidad.

“En criterio de la Sala, este término prudencial reduciría los riesgos de la inexequibilidad inmediata advertidos, debido a que permitiría que el Legislador, por iniciativa legislativa del Gobierno Nacional, si así lo considera, apruebe la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad en cumplimiento de las exigencias y requisitos de aprobación de las leyes previstos en la Constitución y la Ley 819 de 2003”, explicó la Corte.

Agregó el Alto Tribunal que con este tiempo se tiene la intención de que el Gobierno “cuente con un tiempo suficiente para reasignar las funciones que fueron otorgadas al Ministerio de Igualdad y Equidad y lleve a cabo las modificaciones en la administración pública nacional que correspondan para evitar afectaciones a los derechos de los sujetos de especial protección constitucional que son beneficiarios de la política pública que actualmente dirige el Ministerio de Igualdad y Equidad”.

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Es decir, desde el Gobierno se tendrá que tomar la decisión de si presentar una nueva ley, esta vez que cumpla con las exigencias que no fueron cumplidas, o terminar de delegar las funciones que se le habían asignado a este Ministerio a otras dependencias.