El presidente Gustavo Petro firmó el decreto N° 0658 del 21 de mayo donde delega más funciones a los ministros, jefes de departamentos administrativos y representantes legales de entidades descentralizadas, acatando el artículo 211 de la Constitución Política.
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Esta nueva facultad les permite nominar o administrar personal asignado al primer mandatario de la Nación. El decreto brinda mayor autonomía en cada cartera del Gobierno y reduce la gestión administrativa que en la mayoría de casos recae solo a la Presidencia.
El nuevo decreto exceptúa posesiones de viceministros, subdirectores de departamentos administrativos, secretarios generales de ministerios, y agentes diplomáticos y consulares. Pero permite hacerlo con funcionarios de otras áreas.
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Según el documento emitido por el Gobierno se dará posesión del secretario jurídico del Departamento Administrativo de la República y de magistrados de las Altas Cortes, “la función de dar posesión a quienes hayan sido designados en propiedad, provisionalidad o encargo como magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, del Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial”.
De igual manera, el director del Departamento Administrativo de la Presidencia podrá posesionar a los funcionarios que hayan sido encargados de ejecutar el empleo por encargo, asimismo se delega la posesión de funcionarios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
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“En aquellos casos en que la posesión del titular deba surtirse ante el presidente de la República y no haya sido delegada en los ministros y directores de departamentos administrativos”, añade el documento.
Además, los nuevos retos del ministro de Defensa serán respecto al personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, otorgando grados militares, medallas de condecoración, permitiendo ingresos a escalafones y confiriendo grados militares.
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Asimismo, el ministro de Relaciones Exteriores deberá reconocer excedentes de tiempo de servicio y adelantar inscripciones de ascenso al cargo de la carrera diplomática y consular, como también “trasladar, reubicar y designar en comisión para situaciones especiales en las categorías de tercer secretario, segundo secretario primer secretario, consejero, ministro consejero y ministro plenipotenciario, cuando recaen en funcionarios de carrera diplomática, salvo que el nombramiento conlleve la asignación de funciones consulares”.
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De igual manera, el ministro del Interior tendrá nuevos encargos, entre ellos designar alcaldes y gobernadores Ad-hoc.