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Generalmente, cuando ocurre una separación entre padres de un menor, queda el “dolor de cabeza” de la cuota alimentaria mensual para los gastos del niño o niña, por parte del padre que no viva con el menor. A veces no se cumple con lo pactado.

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Con el incremento del salario mínimo en 2024, muchos suelen preguntarse si la cuota alimentaria también aumenta. Sobre esto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) explica, lo que el padre o la madre están obligados a darle a su hijo o hija.

“La ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligado a pasar la cuota. Recordemos que en la cuota alimentaria se deben incluir no solo los alimentos, sino también los costos de vivienda (arriendo, servicios), educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo que el menor de edad necesite para para su desarrollo integral”, se lee en el portal oficial de la entidad.

En un principio, los padres pueden conciliar para determinar, según los gastos del menor y la capacidad económica del progenitor, cuánto podría ser la cuota alimentaria. Pero, en caso de no lograr un acuerdo, se puede acudir a un juzgado de familia para encontrar la solución.

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En estos casos, la cuota alimentaria puede variar según algunos factores, dependiendo, por ejemplo, si las necesidades del menor cambian, o varían las condiciones económicas del padre o de la madre.

Asimismo, en caso de que el padre o la madre queden sin trabajo, es importante lograr un nuevo acuerdo. El ICBF indica que en estos casos “el padre o la madre que está obligado a cumplir con la cuota, debe acudir al centro zonal del ICBF más cercano a donde se encuentre el niño, niña o adolescente y solicitar la revisión de la cuota, teniendo en cuenta sus ingresos reales y las necesidades mensuales del menor de edad”.