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Tras más de siete horas de discusión, se levantó este martes la plenaria de la Cámara en el segundo debate de la reforma laboral, de la que ya se ha aprobado poco mas de la cuarta parte de los 80 artículos que la.componen.

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Al final se avalaron los artículos 45, referente a contratistas y subcontratistas, el 46 de empresas de servicios temporales, el 47 de jornada flexible para trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares del cuidado, el 48 de la flexibilidad en el horario laboral para personas cuidadoras de personas con discapacidad y el 51 de obligaciones especiales del empleador.

Este martes también se aprobaron otros siete puntos: el artículo 24 de las definiciones de trabajo en plataformas digitales de reparto, el 25 de las modalidades de trabajo en estas plataformas, el 26 del registro de información en estas plataformas, el 27 de la seguridad social y riesgos laborales en las mismas plataformas, el 28 del sistema de registro de inscripción de empresas de plataformas digitales de reparto, el 29 de la transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones y el 30 de la supervisión humana de los sistemas automatizados.

Al respecto, la ponente, María Fernanda Carrascal, del Pacto Histórico, señaló que “con 80 votos por el sí fueron aprobados los artículos que contienen medidas para promover la formalización laboral”.

Y el representante Andrés Forero, del Centro Democrático, explicó que se hundió el artículo 8 del controvertido proyecto.

“El Gobierno pretendía duplicar las indemnizaciones para despidos sin justa causa a partir del onceavo año de antigüedad. A pesar de la buena intención hubiera generado incentivos perversos, perjudicando a los trabajadores”, precisó.

De igual modo, el recinto votó sí por las proposiciones avaladas para los artículos 38, 40, 41 y 44, que también tienen que ver con la formalización laboral.

Y luego pasaron el artículo 42 con proposiciones avaladas, para fortalecer espacios de participación para el trabajo decente en comunidades étnicas. Y así mismo el artículo 43, del contrato de trabajadores y trabajadoras del arte y la cultura, que tiene que ver con la garantía de condiciones de trabajo decente para sectores que han sido históricamente precarizados.

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El pasado lunes, tras más de cinco horas de discusión, el pleno de la cámara baja avaló un total de siete artículos, de los cuales al final pasaron los artículos 5 del contrato laboral a término indefinido, 6 del contrato a término fijo y de obra o labor determinada y 9 de publicación del reglamento de trabajo.