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Después del empate cuatro a cuatro en la Corte Constitucional, será el conjuez Jaime Córdoba Triviño, quien se ha desempeñado como magistrado y Defensor del Pueblo, el encargado de definir la nueva demanda en el caso de adopción homosexual.

En él recaerá la responsabilidad de fallar la ponencia del togado Jorge Iván Palacio que, como sucedió en la pasada discusión sobre el tema, culminada el 18 de febrero, viene a favor de la adopción homoparental.

Aquí, las cinco claves para entender la nueva demanda.

1. El demandante: Sergio Iván Estrada Vélez no es homosexual, no es activista de la comunidad LGBTI y no aboga por el derecho de los homosexuales a adoptar. Este profesor de la Universidad de Remington y Envigado, abogado constitucionalista y doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires, basa su argumentación en proteger el derecho de los niños a tener una familia.

2. El Argumento: La pasada decisión de la Corte estuvo sustentada en un principio de protección de los niños. El conjuez José Roberto Herrera, argumentó que el derecho de los niños de desarrollarse en un ambiente óptimo primaba sobre el de las parejas homosexuales a adoptar. En la decisión se respetó y amplió el fallo de la tutela de 2014 en cual la corte permitía la adopción consentida, es decir, cuando uno de los dos es el padre biológico. La nueva demanda aboga precisamente por dicho principio de protección, argumentando que el derecho de los niños a tener familia, contemplado en el artículo 44 de la constitución, debe primar sobre interpretaciones morales acerca del sexo de los padres, sobre todo cuando en la sentencia C-577 de 2011 la misma Corte dijo que las parejas del mismo sexo configuran familia. 

3. Busca 'deshomosexualizar' el debate: Su promotor ha defendido en varias ocasiones que 'la demanda trata de 'deshomosexualizar' el tema de la adopción para darle un giro y entender que la protección de los niños no tiene por qué involucrar asuntos de género', es por esto que pide a la Corte que 'reconozca el derecho de los niños a ser adoptados por parejas del mismo sexo como parte del ejercicio eficaz de su derecho fundamental a tener una familia'.

4. El conjuez: Jaime Córdoba Triviño es ex magistrado de la Corte Constitucional y ex Defensor del Pueblo y se ha desempeñado, entre otras cosas, como delegado penal ante la Corte Suprema de Justicia, delegado para los Derechos Humanos, y conjuez de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Participó en el fallo de la sentencia la sentencia C-577 de 2011, que reconoció que el concepto de familia no es exclusivo de la conformada por un hombre y una mujer.

5. La jurisprudencia: La demanda va en contra de dos apartes de los artículos 64, 66 y 68 del Código de Infancia y Adolescencia, donde se incluye la idoneidad 'moral' del adoptante y en contra de las interpretaciones que a tres pronunciamientos de la Corte, le han dado las autoridades administrativas: el auto A-196 de 2005 y las sentencia C-802 de 2008 y C-842 de 2010.