Por decisión unánime, la Comisión Primera del Senado aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 172 de 2014, que busca endurecer las penas y sanciones a quienes violen los derechos de los animales.
Según los senadores ponentes, las multas que tenía la Ley 84 de 1989 eran irrisorias. Por es razón, con lo aprobado ayer se establece que en adelante se sancionará con prisión de 1 a 3 años o con multas desde 5 hasta 60 salarios mínimos mensuales vigentes a las personas que agredan a un animal y le causen la muerte o le generen lesiones que afecten su integridad física.
El proyecto establece que 'los animales, como seres que sienten, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial'.
Un aporte adicional que se discutió y se le dio vía libre en el debate, fue el de prohibir que recursos y escenarios públicos puedan ser usados para maltratar animales.
Sin embargo, se hundió la propuesta del senador Armando Benedetti que planteaba la prohibición de corridas de toros, peleas de gallos, corralejas, peleas de perros y en general cualquier espectáculo donde hubiera maltrato animal.
La decisión sobre este punto se tomó teniendo en cuenta la sentencia 666 de 21 de la Corte Constitucional que protege las expresiones culturales como peleas de gallos, becerradas y corridas de toros, únicamente cuando se trate de una actividad que define la tradición de un pueblo.
El senador Juan Manuel Galán explicó que la propuesta de las corridas no se discutió desde el primer debate y por eso se hundió, explicando que será incluida en otro proyecto de ley que ya está en marcha en la Cámara de Representantes.
El proyecto de Ley no excluye del deber de protección animal a los caballos, toros o becerradas; sino que se armoniza con la sentencia de la corte que enumera las actividades culturales, pero a la vez, impone a estas el deber de mitigar el sufrimiento y el dolor de estos animales.
El proyecto de ley sanciona todos los demás casos en donde se cause la muerte o se lesione la salud de un animal. Casos como el de Dominic, un perro de raza bull terrier de 2 años que fue ahorcado de manera brutal en Pitalito (Huila), el caballo descuartizado en las corralejas de Buenavista (Bolívar) y Luminoswhite, un perro criollo de 8 meses quemado y con dos heridas de puñal, no quedarían en la impunidad.