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La Corte Constitucional señaló que las madres que adoptan a sus hijos tienen la misma protección laboral que las mujeres que están en estado de embarazo, esto teniendo en cuenta que se aprueba por el ICBF el proceso de adopción y no solo cuando se hace efectiva la entrega del menor de edad a la familia.

Al fallar una tutela, la Corte recordó que la protección laboral reforzada de las trabajadoras en estado de embarazo o en licencia de maternidad, que garantiza que no sean despedidas, entre otros, se hace extensiva a las madres adoptantes según quedó consagrado en el propio Código Sustantivo del Trabajo.

'(…) Como la protección especial de la madre biológica incluye tanto el período de gestación como la época del parto y las semanas siguientes al nacimiento del hijo, lo propio debe ocurrir en el caso de la madre adoptante. Esto se traduce en que no solo a partir del momento de la entrega oficial de los menores de edad, las madres adoptantes adquieren las prerrogativas derivadas del fuero de maternidad, sino que este empieza a operar desde antes, tal como ocurre durante el embarazo', señaló la Corte.

Para la Corporación, no se puede desconocer la importancia de ese período previo a la entrega, 'ya que se estaría haciendo una distinción injustificada entre la madre biológica y la adoptante, en perjuicio del niño'.

El pronunciamiento de la Corte se dio a la hora de estudiar una tutela que presentó una mujer quien trabajó en la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia entre el 5 de noviembre de 2013 y el 18 de junio de 2016, y quien inició un proceso de adopción ante el ICBF en abril de 2015 el cual fue aprobado el 25 de abril de 2016.

Ante esto, la mujer le comunicó al día siguiente a la Directora de Personal de la Secretaría de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional de la Gobernación de Antioquia que se encontraba en trámite de adopción de una menor de edad, con el fin de que se asimilara su situación a la de una mujer en estado de embarazo y se le protegiera con las mismas prerrogativas, petición que fue negada porque todavía no había recibido a la niña y luego se terminó su contrato.