El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionará este lunes el Estatuto de la Oposición, que otorga garantías para las organizaciones políticas que se declaren en contra del los poderes nacionales, departamentales, municipales o distritales.
La rúbrica la estampará el jefe de Estado durante la presentación del balance el Ministerio del Interior.
'Con esta ley el Estado colombiano cumple con una promesa de la Constitución de 1991, con lo cual se determinan los derechos, garantías y acciones para la oposición', indicó la Presidencia en un comunicado.
Los puntos
Entre los temas que abarca este estatuto se encuentran financiación, un puesto en la mesa directiva de las plenarias de las corporaciones públicas.
Así mismo, acceso a medios de comunicación, protección de los derechos de la oposición, debates sobre la ejecución de planes de desarrollo a nivel nacional, departamental y municipal, entre otros.
Eso sí, la nueva norma establece que los movimientos políticos deberán declararse en oposición, de gobierno o independientes, en el mes siguiente al inicio del Gobierno.
Los derechos
Entre los derechos estipulados se encuentra el del 5% adicional de financiación entre todos aquellos que se declaren en oposición; 30 minutos mensuales en medios de comunicación; espacio de 20 minutos el día de instalación de la sesiones del Congreso de la República y podrán controvertir las alocuciones presidenciales dentro de los dos días siguientes y en los mismos términos que estas se hubiesen realizado. Este derecho se podrá ejercer máximo 3 veces al año.
De igual forma, establecerán el orden del día durante 3 días de las sesiones del Congreso en cada legislatura y tendrán un puesto en la mesa directiva de las plenarias de las Corporaciones Públicas.
También tendrán derecho de réplica frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por el presidente, ministros, gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de entidades descentralizadas y por cualquier otro alto funcionario oficial.
Además, tendrán al menos una de las posiciones en la mesa directiva de las plenarias del Congreso; determinarán el orden del día de la sesión plenaria y comisiones permanentes, tres veces durante cada legislatura.
Y en cuanto a transparencia en cuentas del Plan de Desarrollo, el Gobierno deberá hacer público en los portales web institucionales los programas y proyectos que se pretendan ejecutar y deberán publicarse las modificaciones o adiciones a su articulado presentadas en el trámite de la construcción de dichos planes plurianuales y los congresistas, diputados y/o concejales autores de las mismas.
Del mismo modo, quienes hagan parte de movimientos en oposición no podrán ser designados en cargos del gobierno, ni siquiera dentro de los 12 meses siguientes a su renuncia al movimiento político y se crea la acción de protección de los derechos de oposición, el cual deberá resolverse por la autoridad electoral en unos términos similares a la tutela.