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La Jurisdicción Especial de Paz aceptó las solicitudes de sometimiento por parte de los excongresistas David Char y Álvaro Ashton y el exagente del DAS Martín Sierra D’Alemán, quien secuestró y asesinó a cinco desmovilizados del M-19.

Tanto Char como Ashton ya habían presentado solicitudes de sometimiento al tribunal de justicia transicional, tras considerar que sus presuntas relaciones con grupos paramilitares podían ser consideradas como acciones en el marco del conflicto armado, que son las que le competen a la JEP. Sin embargo, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó la petición el pasado mes de mayo por considerar que ambos respondieron a intereses políticos personales que no tenían que ver con la confrontación con los grupos guerrilleros.

Sin embargo, la recién creada Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia volvió a enviar los procesos de Char y Ashton a la Sección de Apelación de Situaciones Jurídicas de la JEP para su estudio y mediante dos autos revocó las decisiones tomadas en mayo, al considerar que los delitos investigados sí tenían que ver con el conflicto armado.

'En cuanto al factor de competencia material, la Sección precisó que la evaluación de la relación de una determinada conducta con el conflicto armado al interior de la JEP admite distintas intensidades, de acuerdo al momento procesal que se trate y atendiendo a los elementos de prueba disponibles. En consecuencia, ese análisis debe hacerse con una conducta baja, media o alta, según el caso se encuentre en su etapa inicial, como cuando se define la competencia de la JEP; intermedia, como cuando se estudia la etapa de beneficios de menos entidad del sistema; o final, como cuando se falla de fondo en relación con el otorgamiento de los beneficios de mayor entidad', dijo el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la Sección de Apelación.

La entrada de los exparlamentarios fue condicionada y deberá ser evaluada por parte de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, en el entendido de que su ingreso a la JEP implica en sí un beneficio. 'Requiere de parte del compareciente un compromiso claro, programado y concreto con la realización de los derechos de las víctimas a la verdad, la repetición y no repetición, el cual debe ser evaluado y verificado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas', expresó el magistrado.

En el caso de Sierra D’Alemán, se trata de un exagente del DAS que fue condenado a 30 años de cárcel por el secuestro, tortura y asesinato de Julio Édgar Galvis Quimbay, Raúl Gutierrez Guarín, Rafael Enán Lora Mendoza, Fredy Humberto Guerrero y Aidé Malaver, quienes se habían desmovilizado de la guerrilla del M-19.