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Las ministras Gloria María Borrero (de Justicia) y Nancy Patricia Gutiérrez (de Interior) radicaron ayer en el Congreso un proyecto de reforma a la justicia en el que se destacan las inhabilidades para magistrados de las altas cortes y las limitaciones a la acción de tutela.

La ministra de Justicia, Gloria María Borrero, señaló que la reforma es una oportunidad histórica que convoca el compromiso de las tres ramas del poder y que hace parte 'de un conjunto de medidas de un proceso que ya está avanzando y que no se agotará con el sólo acto legislativo. Además se construyó basada en el respeto por la independencia de los poderes y pensando en el bienestar de los colombianos'.

Conocida la iniciativa, las fuertes críticas no se hicieron esperar por parte de las cortes, y además, del partido Cambio Radical.

El primero en cuestionar la propuesta fue el presidente de la Cámara, Alejandro Carlos Chacón, quien declaró que 'la carrera en la presentación de reformas tan importantes como la de la justicia, es lo que hace que siempre fracasen, por no tener concertaciones profundas con las instituciones'.

No obstante, fue el partido Cambio Radical desde donde surgió el señalamiento más grave, al asegurar que la misma fue un plagio de la reforma a la justicia que esa colectividad ya había presentado.

La ministra Borrero declaró, al respecto, que el proyecto fue construido durante más de un mes y medio y se tuvo un 'diálogo con la comisión interinstitucional, la rama judicial y con las fuerzas políticas'.

La reforma

Una de las propuestas más sonadas se refiere a la acción de tutela, se reforma el artículo 86 de la Constitución para exigir legitimidad de quien la ejerce, que no sea en cualquier tiempo, que el juez que conozca de la acción de tutela pertenezca a la jurisdicción y especialidad del asunto objeto de amparo y se delega a la ley la regulación del plazo, competencia, procedimiento y las causales de la tutela contra providencias judiciales.

Otros de los aspectos que se plantea es eliminar las facultades electorales que tienen las altas cortes para escoger al Procurador, al Auditor y al Registrador Nacional, que serán elegidos por el Congreso. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia sí elegirá al Fiscal General.

También se busca aumentar inhabilidades, por lo que se propone que los magistrados de las altas cortes y los miembros de la Comisión de Carrera Judicial no puedan recomendar a nadie para un órgano de control o la Rama Ejecutiva, con sanción de pérdida del cargo, que sus parientes no puedan trabajar en órganos cuyos titulares hayan designado y que después de dejar el cargo no puedan litigar directa o indirectamente ante su jurisdicción durante cuatro años.

Un artículo más busca regular las mayorías y el quórum para elegir en las cortes. Así como, se aumentará a 20 años el tiempo de experiencia requerido para un magistrado de un alto tribunal.

Se plantean periodos de dos años para los presidentes de altas cortes, con el fin de asegurar la estabilidad de las políticas de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial.

También se busca permitir al juez de control de garantías dictar sentencia en los casos de aceptación de cargos, sin requerirse más trámites ni cambio de juez.

La reforma garantiza una tasa mínima de crecimiento del presupuesto de la Rama Judicial, establecida en el Plan Nacional de Desarrollo para cada cuatrienio.

Además, en el proyecto se establece expresamente que las sentencias de unificación proferidas por las Altas Cortes obligarán a los jueces de conformidad con lo que establezca la ley.

A la Corte Suprema de Justicia se le da la función explícita de unificar la jurisprudencia. A esta y al Consejo de Estado se les otorga la facultad de seleccionar los procesos para ese efecto, de conformidad con los criterios que defina la ley.

Puntos clave de la Reforma Judicial

1. Recorte al derecho de la tutela. Se exigirá legitimación de quien la ejerce y sólo se podrá interponer en unos tiempos establecidos.
2. Eliminar facultades electorales. Las altas cortes no podrán elegir al Procurador, el Auditor y al Registrador Nacional.
3. Aumentan años de experiencia. Para ser magistrado de un alto tribunal se requieren 20 años en el campo.
4. No podrán ocupar cargos ejecutivos. Sólo se podría luego de cuatro años de que los magistrados se hayan retirado. De igual forma, para postularse a cargos de elección popular.
5. No podrán comunicar decisiones. Antes el fallo debe estar firmado por todos.