La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia condenó a Electricaribe por un incendio que se produjo en 2009 en un local comercial de Barranquilla tras fallas eléctricas en el negocio y una serie de manipulaciones que hizo la empresa de energía sobre las redes, cables y acometidas del lugar.
EL HERALDO conoció el fallo, de 60 páginas y fechado el 28 de marzo de 2019, con ponencia del magistrado Luis Rico, en el que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia condena a Electricaribe a pagarle $400 millones a Consuelo Támara, dueña del negocio.
Lo que hizo el máximo tribunal de la justicia ordinaria fue decidir el recurso de casación interpuesto por la demandada Electricaribe frente a la sentencia del 20 de marzo de 2015 de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Barranquilla, que a su vez conoció el fallo del Juzgado 3 Civil del Circuito de Barranquilla, del 26 de agosto de 2013.
Todo lo anterior dentro del proceso de responsabilidad civil promovido por la dueña de la peletería víctima de la empresa de energía eléctrica.
Támara pidió en la demanda declarar civil y contractualmente responsable a la empresa Electricaribe por el incendio de su establecimiento de comercio.
La dueña de la 'Peletería El Príncipe', situada en la carrera 39 número 31-09 de Barranquilla, donde se comercializaban materiales para elaborar calzado, bolsos y afines, fue informada el 13 de octubre de 2009 por parte de la empresa de servicios públicos de unas adecuaciones eléctricas para implementar el 'Sistema de Gestión Centralizada en la Energía', y en medio de esas adecuaciones los técnicos de la compañía manipularon redes, cables y acometidas.
Al día siguiente el fluido eléctrico presentó fallas, subía de intensidad y bajaba, y así estuvo varios días pese a que del negocio pidieron ayuda a Electricaribe en varias oportunidades.
El 22 de octubre, es decir, 10 días después, 'sin que la electrificadora les prestara atención' -determina el alto tribunal-, se produjo el incendio que consumió todo el local.
Los bomberos, cita el fallo, identificaron que el cortocircuito se originó en el contador de energía. Por ello la Corte ordenó a Electricaribe pagarle al negocio el valor de la mercancía perdida, la reparación de las instalaciones físicas, los bienes muebles y el dinero incinerados y las utilidades que dejó de percibir el local durante los seis meses que duró la reconstrucción.