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Este sábado el Consejo Nacional Electoral de Colombia (CNE) declaró que los excandidatos a la Presidencia y Vicepresidencia, Rodolfo Hernández y Marelen Castillo tienen derecho a ocupar sus curules en el Congreso de la República.

Para tomar la determinación el CNE se basó en el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 02 de 2015, el cual prevé lo pertinente a los derechos de la oposición

'El candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde municipal tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación'.

A su vez, se tuvo en cuenta lo expresado en el artículo 24 de la Ley Estatutaria 1909 de 2018, que señala que una vez sean terminados los escrutinios electorales, la autoridad electoral les expedirá las respectivas credenciales.

'(...)Quienes resultaren elegidos mediante esta fórmula, serán miembros adicionales de las actuales comisiones constitucionales permanentes del Senado de la República y de la Cámara de representantes y, con la organización política a que pertenezcan, podrán intervenir en las opciones previstas en el artículo 60 de esta ley y harán parte de bancada de la misma organización política'.

Así las cosas la autoridad electoral solicitó expedir la correspondiente credencial para ambos políticos.

Esta decisión sería un paso clave para que en el futuro el CNE otorgue la personería jurídica como partido político al movimiento que Liga de Gobernantes Anticorrupción el cual los avaló en la pasada contienda presidencial.